Paraná.(RN). El tribunal compuesto por los camaristas Elvio Garzón, Daniel Malatesta y Miguel Angel Giorgio, determinaron la culpabilidad del exembajador en Cuba, Raúl Taleb por el delito de enriquecimiento ilícito y establecieron una condena de tres años de prisión condicional, el decomiso de un departamento alojado en calle Buenos Aires de la cap
Paraná.(RN). El tribunal compuesto por los camaristas Elvio Garzón, Daniel Malatesta y Miguel Angel Giorgio, determinaron la culpabilidad del exembajador en Cuba, Raúl Taleb por el delito de enriquecimiento ilícito y establecieron una condena de tres años de prisión condicional, el decomiso de un departamento alojado en calle Buenos Aires de la capital entrerriana y tres años de labores comunitarias en la ciudad de Diamante. El fallo se argumentó principalmente en la pericia del contador Ángel Pasador que demostró que no hubo justificación patrimonial durante el período que va de 1991 a 2003, mientras Taleb ejerció sus funciones como diputado provincial. El tribunal decidió no acatar el pedido de los fiscales Carolina Castaño y Alejandro Cánepa, quienes habían solicitado cuatro años de prisión efectiva.
La Justicia entrerriana dictaminó una condena por un caso de corrupción durante la década del ’90. Raúl Taleb, quien cumplió funciones como diputado provincial desde 1991 hasta 2003 fue condenado culpable por el delito de enriquecimiento ilícito -durante ese período- a la pena de tres años de prisión condicional, tres años de labores comunitarias en la localidad de Diamante y el decomiso de un departamento ubicado en calle Buenos Aires de la capital entrerriana que sirve como devolución al Estado de los fondos injustificados.
El tribunal puso énfasis en las pericias del contador Ángel Pasador. Taleb argumentó la compra del departamento en calle Buenos Aires en haber ganado 40 mil pesos/dólares en la quiniela en el año de dicha adquisición, pero esto no fue comprobado con ningún material probatorio, como pudo haber sido un informe del IAFAS. Además, la fecha de compra no condice con la palabra del exembajador.
Para el tribunal tampoco hubo justificación en un prestamo que, según la palabra de Taleb, habia realizado su hermana -ya fallecida- y los jueces señalaron que el préstamo en realidad era con dinero del propio Taleb, porque era imposible que su hermana junte la suma de cien mil pesos/dólares con su salario.
Otro punto fue que Taleb no demostró con pruebas la presunta herencia que había recibido y que tampoco logró probar en los papeles que aquella suma de 500 mil pesos/dólares que se movieron en carácter circulatorio en una de sus cuentas bancarias no pertenecían en su totalidad al exdiputado. Taleb había argumentando que se había enterado del corralito y fue al banco a sacar esa suma, pero que de los 500 mil había parte que provenía de fondos del Partido Justicialista, hecho del cual tampoco constató prueba la defensa a cargo de Julio Federik.
La condena condicional
La fiscalía a cargo de Carolina Castaño y Alejandro Cánepa había solicitado la pena de cuatro años de prisión efectiva. Este pedido no fue comcedido por el tribunal que, según el adelanto de sentencia, se baso en la juridprudencia de los casos de Domingo Rossi y Oscar “Pacta” Morí y decidió darle a Taleb la prisión condicional. Además, se le prohibió ocupar cargos públicos de por vida -Taleb ya se ha jubilado-, el decomiso del departamento en calle Buenos Aires y los tres años de probation en la localidad de Diamante. (RecintoNet)
Fuente y foto: Análisis Digital