La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) suspendió transitoriamente la aplicación de multas a propietarios de embarcaciones que no se adhirieron al régimen de inscripción o reempadronamiento dispuesto por el organismo. La suspensión rige por 30 días hábiles contados a
partir del 9 de octubre, según la información dada a conocer ayer.
Buscan así «profundizar la actualización del padrón de contribuyentes al Impuesto Automotor», aunque la realidad marca la necesidad de zafar el acto eleccionario del 27 de octubre. La ATER resolvió suspender por el término de 30 días hábiles la aplicación de la multa fijada para los titulares o poseedores de embarcaciones que no adhirieron al régimen de Inscripción o reempadronamiento que rige desde el año pasado.
La suspensión tiene vigencia a partir de la fecha de la resolución que la dispuso, la Nº 314, del 9 de octubre de 2013, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. El organismo argumentó la suspensión en que existe «un número de contribuyentes que por cuestiones de índoles técnicas no pudieron ingresar en el citado régimen».
También indicó que «a los efectos de profundizar la actualización del padrón de contribuyentes del Impuesto a los Automotores, se estima conveniente suspender transitoriamente la aplicación del artículo mencionado, a los fines que los sujetos que se inscriban en el tributo, durante la vigencia de la presente, no sean sancionadas con dicha multa». El régimen de regularización fue dispuesto el año pasado a través de la resolución Nº 282 .
Allí se estableció la inscripción o reempadronamiento de las embarcaciones valuadas en más de 10.000 pesos, que estén afectadas al uso deportivo o de recreación y que tengan lugar de guarda en jurisdicción entrerriana, aunque estuviesen registradas en otras provincias. El artículo 6º de la resolución fijó una multa automática de 5.000 pesos para quienes no adhirieran al régimen.