Días atrás, se conoció públicamente una nota de la Dirección de Mujeres, Géneros y Diversidad del Municipio local, en la cual le advertía al Consejo de Administración Evita sobre la presencia de un entrenador de hockey en su staff con condena firme en relación a un delito contra la integridad sexual de una menor de edad.
Se trata de Gabriel Alfredo Riquelme quien fue condenado el 5 de noviembre de 2015 a la pena de tres (3) años de prisión en suspenso más la imposición de estrictas reglas conductas, por delito de estupro agravado contra una adolescente menor de edad. La causa fue remitida a Juicio Abreviado en primera instancia, en la cual el fiscal por aquel entonces Juan Pablo Mariano Gile, acordó esta salida alternativa que le propone la ley. En el acuerdo el imputado aceptó voluntariamente la autoría de los hechos y la pena propuesta, la cual ya fue cumplida en su totalidad.
En razón de ello, el Consejo General de Educación mediante resolución N° 2448 de fecha 4 de julio de 2017 dispuso la aplicación de la medida disciplinaria de exoneración del Sistema Educativo entrerriano, ya que esta conducta viola el artículo 6 inc. d del Estatuto Docente Entrerriano Dec. N° 155/62 y mod., el cual establece que: “Son deberes del personal docente (…) inc. d) observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividades que afecte la dignidad docente”.
En definitiva, la nota de la dirección municipal establece que su objetivo es acercar a la sociedad la información necesaria relacionada con los autores de delitos sexuales para poner en marcha un sistema de control social por parte de la ciudadanía. Asimismo, señala que no es el espíritu de la misma estigmatizar y/o discriminar a quienes hayan cometido delitos de abuso sexual, recordando que la política con perspectiva de género resulta transversal a todas las actividades sociales, siendo el deporte una expresión de ellas.