El Gobierno prorrogó la prohibición de despidos que se había establecido el año pasado para proteger el empleo ante la emergencia ocupacional derivada de la irrupción de la pandemia de coronavirus y su impacto en la actividad económica.
Rige a partir del 31 de mayo y por 30 días, es decir, hasta el 30 de junio próximo, en continuidad de similares extensiones de la medida adoptada el 31 de marzo de 2020. De esta manera, las empresas son penalizadas en caso de efectuar despidos sin justa causa, o por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
La medida llega en pleno confinamiento establecido por el presidente Alberto Fernández ante las preocupantes cifras de la segunda ola del Covid-19, que ayer marcaron el récord de 41.000 contagios.
QUÉ DICE EL NUEVO DECRETO ANTIDESPIDOS
El Decreto 345/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial «se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social».
Por la medida, se «prorroga hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor».
Por el mismo período también se «prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo».
El decreto puntualiza que «es imperioso acompañar» las medidas sanitarias que se están adoptado en el marco de la segunda ola de coronavirus «prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo, como herramientas de política laboral necesarias para la protección de las trabajadoras y los trabajadores, en cumplimiento de las garantías establecidas por la Constitución».
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En los considerandos del DNU, se sostiene que el decreto antidespidos es la contracara de la asistencia que se determinó ampliar para empresas en situación crítica, a través del Programa de Recuperación Productiva (Repro II), que esta semana abrió la inscripción para empleadores en dificultades de abonar los salarios devengados en mayo, a los que el Estado dará $ 22.000 por empleado en relación de dependencia.
La medida anunciada se complementa con la decisión ya adoptada en enero pasado de extender por un año la doble indemnización.