ATER resolvió extender el período de vigencia del Régimen de Regularizaciones 2021 iniciado el 3 de mayo. La nueva fecha de cierre se estableció para el 30 de septiembre. Hasta el momento el esquema suma 260.000 planes suscritos.
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) resolvió, mediante resolución 165/21, extender el período de vigencia del Régimen de Regularizaciones 2021 iniciado el 3 de mayo. Será por 60 días conservando las mismas condiciones y beneficios del decreto 472/21.
La nueva fecha de cierre se estableció para el 30 de septiembre. Hasta el momento el esquema suma 260.000 planes suscritos.
El titular de ATER, Germán Grané, expresó satisfacción «por el resultado, atento a que durante este tiempo en ningún momento se ha frenado el interés por adherir; y precisamente este programa apunta a que los entrerrianos que aún faltan, puedan estar al día y acceder a los beneficios, que es el fundamento que impulsó al gobernador Gustavo Bordet al establecer esta medida general de alivio fiscal «.
Asimismo, destacó las facilidades en materia de servicios ofrecidas por la ATER como parte de la estrategia al contabilizar que» tres de cada cuatro planes suscritos fueron procesados por canales no presenciales, es decir que los contribuyentes no tuvieron que concurrir a nuestras oficinas. Esto no es menor considerando las restricciones y los riesgos aún vigentes»
El régimen de regularización fiscal 2021 establecido mediante el Decreto 472/21 M.E.H.F se encuentra en vigencia desde el pasado 3 de mayo y permite la cancelación voluntaria de obligaciones de pequeños, medianos y grandes deudores, otorgando hasta 36 cuotas e importantes reducciones de multas e intereses para los grupos de contribuyentes más pequeños.
Sin cambios en los requisitos
Desde el área de impuestos, ratificaron el esquema de requisitos para acceder a los beneficios sin variaciones, en tanto los contribuyentes deben primero regularizar las obligaciones 2021 con vencimientos a partir del mes de febrero del corriente (incluyendo los deberes formales en lo referido a impuestos declarativos); y también, adherir al Domicilio Fiscal Electrónico de ATER.
Finalmente, recordaron las vías para consultar detalles, beneficios y obtener turnos de atención o asistencia con videotutoriales para la autogestión del beneficio, pueden ingresar en la web del organismo ater.gob.ar, o comunicarse con Servicio de Atención al Contribuyente al 0810-888-2837 (ATER) de lunes a viernes de 8 a 13 hs o via mail a consultas@ater.gob.ar.