El Juez de Familia y Penal de niños y adolescentes N°1 subrogante Dante Command resolvió el nuevo cálculo del monto de la pena impuesta oportunamente a los jóvenes en relación al robo y posterior homicidio de la trabajadora municipal.
Se constituyó finalmente el Juez subrogante de la causa Dante Command, quien resolvió integrar la sentencia recurrida oportunamente en lo que respecta al monto de la pena que se estableció en relación a los hechos imputados a Sergio García, por el delito de homicidio en ocasión de robo, y Joaquín Sanchez, por el de robo calificado por el uso de arma, en calidad de autores. La investigación guiada por el entonces fiscal Juan Pablo Mariano Gile determinó que ambos participaron, con diferentes grados de responsabilidad, en el robo y muerte de Susana Urán.
Durante la audiencia, el juez escuchó los alegatos de las partes, en el cual el fiscal Gile solicitó la pena de ocho (8) años de prisión para el caso de García, y cuatro (4) años para Sánchez. En sus fundamentos soslayó la necesidad de establecer una condena conveniente, más allá de su minoría de edad de ambos imputados al momento de cometer del hecho, lo cual no les impide hoy el cumplimiento de una pena en razón de la responsabilidad frente a la gravedad del caso acontecido. Este pedido fue acompañado por la querella particular a cargo del abogado Carlos Fuente.
Sin embargo, estos planteos presentaron resistencia por parte de los defensores. En el caso de la defensora pública Romina Pino- representante de Joaquín Sánchez- entendió que por la imputación efectuada a su defendido la pena a cumplir sería condicional, destacando la buena conducta y la obediencia a las normas juveniles impuestas en la sentencia dictada hace cuatro años por el Juez de la causa Andrés Torres- la cual fue anulada parcialmente. En tanto, Sebastián Arrechea- abogado particular de Sergio García- compartió los fundamentos de Pino señalando además que García ha sabido reconvertir sus comportamientos y que incluso hoy ha formado una familia y tiene trabajo estable.
Finalmente, el juez Command entendió que, frente a la gravedad del hecho sumado a la perspectiva de género en relación a la muerte de una mujer vulnerable frente al ataque recibido, recordando que Urán se encontraba barriendo la calle y fue atacada por ambos jóvenes para robarle el celular. Asimismo, hizo mención a la necesidad de establecer una condena ejemplificadora para la sociedad, porque si bien se trata de hechos producidos por menores de edad la responsabilidad que les cabe frente a ellos no debe vulnerar las leyes vigentes- cuestión reafirmada.
En este sentido, estableció un nuevo cómputo de pena en razón del pedido efectuado por el fiscal Gile, condenando a Sergio García a la pena de ocho (8) años de prisión de cumplimiento efectivo- descontando los 160 días de internación cumplidos oportunamente con lo cual cumpliría en prisión 7 años, 6 meses y 7 días-; y para Joaquín Sánchez, una pena de prisión cuatro (4) años de cumplimiento efectivo- menos la misma cantidad de días de internación, con lo que cumpliría 3 años, 6 meses y 15 días. Tanto García como Sánchez continuarán en libertad bajo el cumplimiento de medidas de coerción personal, solicitadas por el fiscal.
En cuanto a este nuevo fallo integrador podrá ser recusado por las partes que sientan que con ello se ha producido un agravio, y así una vez transcurrido este tiempo, la sentencia adquirirá firmeza.
Antecedentes del nuevo fallo para entender la sentencia
A finales del año pasado, la Cámara de Casación Penal de Concordia confirmó parcialmente la sentencia dictada el 29 de junio de 2017 en ciudad por el Juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes N°1 Andrés Torres. El mismo había sido presentado el 2 de julio de 2017 por el fiscal de la causa Juan Pablo Mariano Gile, quien entendió que el magistrado no se valió del monto mínimo que establece la pena en razón al delito por el cual se los juzgó.
En la sentencia, Torres condenó al joven Sergio García a la pena de tres (3) años y cuatro (4) meses de prisión en calidad de autor del delito de homicidio en ocasión de robo; y a Joaquín Sánchez a la pena de un (1) año y siete (7) meses de prisión en suspenso por encontrarlo autor de delito de robo calificado por el uso de arma. Ello en razón de un Juicio Abreviado presentando en 2017 por las partes, en el cual los jóvenes- en ese momento menores de edad- reconocieron voluntariamente su participación en el hecho investigado, aceptando la pena impuesta.
Sin embargo, la defensa actuante a cargo de la defensora oficial Romina Pino, apeló la medida de cumplimiento efectivo de la pena y su reclamo llegó a instancias del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, quien no hizo lugar a su pedido y confirmó el fallo de la Casación.
Finalmente, ayer la sentencia quedó integrada con el nuevo fallo a cargo del Juez de Familia y Penal de niños y adolescentes N°1 subrogante Dante Command, ello en razón de la excusación presentada por la actual jueza Celina Ansaldi quien participó en la causa en cuestión como representante del Consejo Provincial de Niños, el Adolescentes y la Familia (COPNAF).