Fue una iniciativa impulsada por el viceintendente Grand, que reclamó en varias oportunidades al Ejecutivo la operativización de la norma.
Fue una iniciativa impulsada por el viceintendente Grand, que reclamó en varias oportunidades al Ejecutivo la operativización de la norma. Paraná.(RN). Este miércoles en el Boletín Oficial de la provincia la Municipalidad de Paraná publicó el Decreto Nº 873, fechado el 30 de abril, por el que reglamenta la Ordenanza N° 9136 de “Ahorro Local para el Desarrollo Local”, promulgada por Decreto N° 1295 del 31 de julio de 2013. “Atento la necesidad de reglamentar la citada norma, se dicta el presente a fin de facilitar la aplicación y puesta en funcionamiento del sistema creado por aquella, consistente en la construcción de obras de utilidad pública bajo una figura que involucra directamente al vecino con el Municipio”, explica el texto al que accedió Recintonet. se trata de una iniciativa impulsada por el viceintendente Gastón Grand, y que recogió apoyos de distintos sectores sociales y hasta de la oposición, y por la que el presidente del cuerpo deliberativo local viene reclamando la puesta en operatividad, incluso desde la banca en el recinto del Concejo Deliberante.
“Este Concejo Deliberante ha formulado también herramientas de financiamiento de la inversión e infraestructura pública. Esta ordenanza lleva muchos meses ya sin que sea reglamentada, y pido al Ejecutivo que reglamente aquellas iniciativas del legislativo, porque son para contribuir para el desarrollo de la ciudad; además han sido formuladas en el marco de espacios ampliamente participativos”, había dicho Grand en noviembre último, al momento de sancionarse la Tributaria 2014.
El decreto publicado este miércoles aprueba “las disposiciones contenidas en el Anexo I del presente, las que conformarán la Reglamentación de la Ordenanza N° 9136, promulgada por Decreto N° 1295/13, en lo que refiere al sistema de construcción de obras de utilidad pública denominado “Ahorro Local para el Desarrollo Local”, la que entrarán en vigencia a partir de su publicación”. Cabe destacar que dicho anexo no fue publicado, sino, según consta en el BO, se puede acceder en Despacho de Presidencia.
Como organismo de aplicación del Sistema reglamentado se fijó a la Secretaría de Planificación, Infraestructura y Servicios, la que deberá:
– Velar y controlar por el estricto respeto y cumplimiento de la ley Ordenanza N° 9.136 y otras leyes, decretos, resoluciones y ordenanzas municipales, concordantes con la misma.
– Recibir, atender, canalizar y seguir las obras a ejecutarse por el sistema que crea la ordenanza de referencia de “Ahorro Local para el Desarrollo Local”, de construcción de obra de utilidad pública.
– Asesorar a los vecinos interesados en la ejecuciones de obras por bajo el sistema descripto, acerca de la reglamentaciones vigentes.
– Confeccionar y actualizar el registro de empresas locales habilitadas para la realización de las obras a llevarse a cabo.
– Difundir los alcances y beneficios de la Ordenanza N° 9.136 y normas complementarias.
– Solicitar la colaboración necesaria a las distintas reparticiones municipales para la concreción de las obras.
El decreto lleva las firmas de la intendenta Blanca Osuna; del secretario de Planificación, Guillermo L. Federik; y del secretario de Hacienda, Nicolás H. Brunner.(RecintoNet)