Piden adherir a la ley nacional 26.567. Los medicamentos de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas. En Entre Ríos ya una ley prohíbe la venta de estos productos en kioscos.
Piden adherir a la ley nacional 26.567. Los medicamentos de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas. En Entre Ríos ya una ley prohíbe la venta de estos productos en kioscos.
Paraná.(RN). El diputado provincial Pedro Ullua (UCR-Sauce de Luna) pidió adherir a la Ley Nacional Nº 26.567, a través de un proyecto acompañado por sus pares de bloque Agustín Federik (Paraná) y Fuad Sosa (Nogoyá). La norma nacional dispone que “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas, considerándose ejercicio ilegal de la farmacia la venta y despacho de los productos no incorporados por la autoridad competente, y sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley”. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, quien controlará y coordinará la implementación y cumplimiento de la misma.
Según destaca Ullua en la fundamentación de la norma, el texto nacional “dispuso que los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio, habilitando a la autoridad sanitaria competente para disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen”. Igualmente, fija una sanción para el caso de que se lleve a cabo su venta y despacho fuera de estos establecimientos, considerándolo ejercicio ilegal de la farmacia.
Entre otras normativas citadas por el legislador provincial, recordó la Resolución 1632/2013 del Ministerio de Salud de la Nación, por la cual se prohibió la venta en farmacias de alimentos, productos de quiosco y otros bienes no relacionados con la actividad farmacéutica, al tiempo que amplió la lista de los productos que se pueden vender exclusivamente en las farmacias. Esta lista incluye: jeringas, agujas descartables, frascos para recolección de muestras, parches oculares, productos de higiene oral de uso odontológico, productos para diagnóstico de usos «in vitro» (autoevaluación) y repelentes.
Cabe recordar que Entre Ríos fue pionera en tener una ley para prohibir la venta de medicamentos en kioscos, que fue sancionada en 2007. Dos años después recién el Congreso sancionó en esa línea para todo el país.(RecintoNet)