El proyecto de ley fue presentado por diputados nacionales de la UCR y aún no fue tratado. Quieren que la Legislatura entrerriana inste a la Cámara nacional a avanzar con el texto.
El proyecto de ley fue presentado por diputados nacionales de la UCR y aún no fue tratado. Quieren que la Legislatura entrerriana inste a la Cámara nacional a avanzar con el texto. Paraná.(RN). El diputado provincial Jorge Monge (UCR-Diamante) presentó un proyecto de resolución para que la Legislatura entrerriana pida a la Cámara Baja nacional que apruebe el proyecto de ley de los radicales Ricardo Alfonsín, Manuel Garrido, y Bernardo Biella Calvet, para que el Estado avance sobre los bienes adquiridos a través del narcotráfico. El texto en cuestión pide modificar el artículo 1.104 del Código Civil a los fines de la Extinción del dominio a favor del Estado de los bienes adquiridos a través de violaciones a la Ley Nacional N° 23.737, de Tenencia y tráfico de estupefacientes.
Según argumentó Monge, “dicha iniciativa que actualmente aguarda tratamiento por parte de la Cámara de Diputados de la Nación, se presenta como un instrumento importante con el cual podrán contar los poderes públicos a la hora de afrontar la desigual lucha que se establece contra uno de los flagelos y actividad delictiva mas lesivos para nuestra sociedad como lo es el narcotráfico“.
Según recordó el legislador diamantino, en materia de extinción de dominio, el Código Penal lo prevé en su Artículo 23 al establecer: «En todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros». Y marcó que el aporte que dará el proyecto de ley “tiene que ver con dotar a la legislación de los elementos necesarios para agilizar y regularizar tal procedimiento, tiene que ver con los tipos de bienes pasibles de ser afectados, la forma de solicitud e inicio del procedimiento de extinción de dominio, las actividades ilícitas alcanzadas y la forma en la cual serán destinados los recursos obtenidos por el estado por medio de este procedimiento”. (RecintoNet)