Luego de publicar el Decreto N° 26.529 el día martes 20 de octubre, el documento ha quedado sin efecto tras regir por 10 días. De esta forma, quedan habilitadas nuevamente diferentes actividades en Concepción del Uruguay, como la navegación del Río, la entrada a la Isla del Puerto en vehículos, permanencia en espacios públicos y demás.
En el Decreto mencionado, las actividades restringidas que volverán a la normalidad eran las siguientes:
- La prohibición de permanencia de personas en los espacios públicos, comprendiendo plazas y parques, permitiéndose la circulación con el estricto cumplimiento de los protocolos establecidos oportunamente.
- Las playas se encontrarán cerradas para el acceso al público.
- En el caso puntual de la Isla del Puerto, se podrá realizar la práctica de caminatas, trotes y ciclismo. No se permitirá el acceso en auto o moto. Quienes concurran a los paradores emplazados en la Avenida Costanera Isla del Puerto deberán hacerlo previa reserva.
- Los clubes náuticos, marinas, guarderías náuticas y espacios destinados al bajado de embarcaciones, no podrán despachar las mismas con fines recreativos y/o para esparcimiento. Sólo podrán hacerlo aquellas personas que posean carnet de pesca artesanal otorgado oficialmente, y/o deportistas federados de mediano y alto rendimiento que participan en selectivos y competencias internacionales.
- Se limita la circulación en el ámbito de la ciudad y por el tiempo establecido, en el horario comprendido entre la una y las seis de la mañana. A excepción de las personas que desarrollan actividades esenciales.
- Quienes no cumplan con lo establecido serán pasibles de las multas y sanciones que correspondan en el ámbito municipal y alcanzados por lo dispuesto en los artículos N° 205, N° 239 y concordantes del Código Penal Argentino. En este último caso, se recuerda que la autoridad de aplicación es la Justicia Federal.