Marzo comenzó con dos feriados, pero pronto habrá un tercero que también dará lugar a un fin de semana largo. Luego llegará el 2 de abril y la Semana Santa.

Concluyó este martes el periodo de feriados de carnaval, mientras que el 24 de marzo dará lugar a otro fin de semana largo.
Dentro del calendario de feriados 2025 que dispuso el Gobierno Nacional, 12 de los mismos son inamovibles y cuatro trasladables, al tiempo que hay previstos tres días no laborables con fines turísticos.
Los próximos feriados
Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
Viernes 18 de abril: (Viernes Santo).
Feriado por el Día de la Memoria: fin de semana largo
El otro feriado inamovible que resta en marzo es el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, que se celebra el 24 de marzo. Como cae un lunes, se generará otro fin de semana largo en el mes.
Este día conmemora a las víctimas de la última dictadura militar en Argentina, que comenzó el 24 de marzo de 1976 con el golpe de Estado y finalizó el 10 de diciembre de 1983, con el regreso a la democracia. La fecha fue establecida en 2002 por la Ley N° 25.633.
Feriados inamovibles que quedan en 2025
Marzo: 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia).
Abril: 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 18 de abril (Viernes Santo).
Feriados trasladables
Junio: 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), trasladado del 17 de junio.
Agosto: 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín).
Octubre: 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural).
Noviembre: 24 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), trasladado del 20 de noviembre.
Días no laborables con fines turísticos
Mayo: 2 de mayo.
Agosto: 15 de agosto.
Noviembre: 21 de noviembre.
Es importante destacar que la decisión de otorgar o no los días no laborables queda a discreción de cada empleador. En caso de trabajar durante estas jornadas, no se abona un pago adicional como en los feriados nacionales.