Después de la condena penal que recibió Ilarraz -que entre 1985 y 1993 fue prefecto de disciplina en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo y tuvo a su cargo los adolescentes que cursaban la escuela secundaria en calidad de internados a los que luego abusó-, se abre ahora la instancia de la demanda civil a través de la cual las víctimas de los gravísimos hechos cometidos dentro de la Iglesia procurarán un resarcimiento económico por lo que padecieron.
Este jueves, publicó Entre Ríos Ahora, fue la primera audiencia de la mediación que encabeza el abogado Iván Pesutto, y que reunió a todas las partes: la primera víctima, su representante legal, Evangelina Bartoli; el cardenal Estanislao Karlic, que fue quien ordenó cura Ilarraz en 1984, luego lo designó prefecto de disciplina en el Seminario y en 1995 lo juzgó al tomar nota de los abusos que denunciaron los jóvenes que estuvieron bajo su guarda. Karlic lo condenó al destierro: le prohibió volver a Paraná.
Pero también han sido citados el arzobispo de Paraná, como cabeza de la Iglesia de Paraná, y por haber sido superior inmediato de Ilarraz por cuanto en los años que ocurrieron los abusos fue rector del Seminario. A Karlic y a Puiggari se suman los curas Gabriel Battello, a quien una víctima de los abusos de Ilarraz acudió para contarle lo que había ocurrido en el Seminario y optó por guardar silencio y no denunciarlo; y el secretario del arzobispo, Mario Gervasoni, condenado por la Justicia por el delito de falso testimonio por haber retaceado su testimonio cuando declaró en la instrucción de la causa Ilarraz. Otro de los demandados es el condenado Ilarraz.
Todos ellos participaron, de modo virtual, de la primera audiencia de mediación, paso obligado antes de entablar la demanda judicial. El próximo encuentro será el 2 de diciembre.
La condena penal
El tribunal que condenó a Ilarraz en 2018 a 25 años de cárcel -de momento, está con prisión preventivo, bajo la modalidad de arresto domiciliario, en un departamento de calle Corrientes al 300, en Paraná- planteó en sus fundamentos, contenidos en 327 páginas, que “coadyuvó como elemento facilitador del plan de Ilarraz, la posición asumida por sus superiores y pares actuantes al tiempo de los hechos; ya que sin su omisión el acusado no hubiera podido cumplir sus designios delictivos con la libertad e impunidad con que lo hizo”.
En 2019, la Cámara de Casación Penal, al confirmar la condena, le asestó un duro golpe a la Iglesia de Paraná por haber encubierto los abusos del cura Ilarraz en el Seminario. En su voto, el juez Alejandro Cánepa explicó que las víctimas vivieron una verdadera defraudación de su confianza y de sus expectativas, por parte de las autoridades del Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, adonde habían ido a formarse para el sacerdocio, y también de la Iglesia, al verse desprotegidos de los abusos de Ilarraz, “ya que no es cierto que las víctimas de autos no denunciaron a Ilarraz en tiempo oportuno, o que no hayan dado cuenta a otras personas de lo que Ilarraz les estaba haciendo, sino que aquellas ante quienes lo hicieron o quienes pudieron tomar conocimiento de tales situaciones, se preocuparon por mantenerlas en secreto, reserva y sigilo, lo que llevó a que tales hechos nunca salieran a la luz, nunca traspasen la órbita burocrática de la Iglesia Católica local, y no llegaran a oídos de la Justicia, o de cualquier autoridad administrativa estatal y/o educacional, o incluso de los propios padres de las víctimas”.
También el fallo de Casación fustigó la investigación interna que ordenó el entonces arzobispo Estanislao Karlic en 1995 y que derivó en la sanción del destierro para Ilarraz tras probarse los abusos cometidos. “Las personas a quienes les fue confiado el ´secreto´ se ocuparon durante más de una década de ocultarlo, permitiendo así la impunidad de Ilarraz y mandando al olvido los graves delitos de los que aquellos niños a su cargo fueron víctimas”. Y agrega: «Ese mantener en secreto lo sucedido a las víctimas de autos, no es una cuestión casual, sino que fue sin lugar a dudas un acto de ejercicio de poder de parte de quienes detentaban las jerarquías eclesiásticas que he señalado (Karlic y el arzobispo actual Juan Alberto Puiggari), más preocupados por una situación de prestigio institucional, que de lo sucedido a los niños”.
El caso tuvo una tercera resolución, de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que en marzo de este año confirmó lo resuelto por los tribunales inferiores, aunque con voto del juez Bernardo Salduna el alto cuerpo receptó un recurso extraordinaria de la defensa de Ilarraz y mandó el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que resuelva el planteo de prescripción.