Los salarios de hasta $880.000 no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo

Los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las Ganancias si la remuneración mensual no supera los $880.000 brutos. Beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país.

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario, los salarios brutos de entre $506.230 y $880 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país, de acuerdo a los números informados por el Gobierno.

En este sentido, el Proyecto de Decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $880 mil brutos, lo que equivale a diez veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica.

¿Quiénes serán beneficiados?

La medida beneficia a 513.000 trabajadores de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias están alcanzados por el beneficio.

La medida implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $110 mil ($112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.

En Entre Ríos se beneficiarán 12.629 trabajadores.

En el caso del Sueldo Anual Complementario (SAC), la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.

Los salarios brutos inferiores a $506.230 no pagan habitualmente impuesto a las Ganancias, por lo que no serán beneficiados con la medida, pero tampoco serán afectados por la carga del impuesto. Los más de 500 mil contribuyentes que sí son alcanzados por la normativa podrán estar exentos de la obligación tributaria sólo durante junio. El resto del año, si exceden la barrera de ingresos impuesta por la legislación vigente, deberán pagar el monto correspondiente.

Como lo informó el Gobierno, la medida tiene por objetivo incentivar el consumo en el país, por lo que se anticipa que parte del costo fiscal de la exención (aún no ha sido informado), se compensará con mayor actividad económica.