En duro revés en tribunales acaban de sufrir los trabajadores del Hospital Masvernat que desde hace meses exigen ser pasados a planta permanente, condiciones apropiadas de higiene y seguridad y mejores salarios.
En sentencia que lleva la firma de la Doctora María Josefina Pace, Jueza Suplente del Trabajo Nº 2 de Concordia, la acción de amparo interpuesta por 26 trabajadores fue rechazada “in límine”.
Al fundamentar el rechazo en los autos caratulados «OLIVIERI Fabián Ernesto y otros C/ GOBIERNO DE ENTRE RIOS y Otro S/ ACCION DE AMPARO», Expte. nº 3211-87, la magistrada cuestionó el escrito presentado por los abogados que representaron a los trabajadores, los doctores Félix Javier Román y Horacio Marcelo Velazque Pens.
El primer reproche que dispara la jueza a los amparistas es que “soslayaron pronunciarse acerca de cuál sería el daño grave o inminente que provocaría en el restablecimiento de sus derechos, el reclamo mediante las vías ordinarias -tanto administrativas como judiciales- que tendrían a su alcance”, requisito para justificar por qué acudieron a la “vía extraordinaria” del amparo.
La doctora Pace también cuestionó que la presentación del amparo no incluyera descripciones precisas de los hechos: “Los amparistas se limitaron a efectuar genéricas alegaciones sobre los hechos que fundamentan su reclamo, como así también de los incumplimientos que le endilgan a su empleador, sin embargo, soslayaron especificar cuestiones esenciales que hacen a la esencia de su reclamo”.
“Puede tomarse como ejemplo de ello –agregó la magistrada-, el hecho de que no se indicaron las características específicas del vínculo que cada uno de los amparistas tiene con el Estado Provincial; cuales serían incumplimientos que -en cada caso particular- se reclama en materia de higiene y seguridad; no existe referencia acerca de la composición salarial; entre otras. Las cuestiones hasta aquí señaladas me llevan a concluir que la acción de amparo aquí analizada debe ser rechazada in límine por resultan la misma manifiestamente inadmisible”.
En los párrafos siguientes, la jueza suplente consideró que la cuestión de fondo que motivó la presentación de los trabajadores “es la facultad que tiene la Administración de contratar a las personas que se desempeñan dentro del Hospital Delicia Masvernat, cuestión que requiere someter la controversia a un debate más amplio con la posibilidad de que ambas partes ofrezcan y produzcan prueba”. Por tal razón, la doctora Pace insistió en que el caso debe abordarse no por la vía del amparo sino por la ordinaria.
Por último, la sentencia incluye una algo así como un consejo a los amparistas, allí donde les sugiere “readecuar sus reclamos, canalizarlos por las vías pertinentes, no generar costas y, sobre todo, no perder tiempo mediante la sustanciación de este proceso que, a todas luces, no servirá para resolverlos”. (El Entre Ríos)