El proyecto fue cuestionado por la oposición, e incluso mereció una respuesta del intendente Bordet. No obstante, fue sancionado sin modificaciones en el Senado. Será fiscalizado por el Tribunal de Cuentas, hoy presidido por Guillermo Smaldone.
El proyecto fue cuestionado por la oposición, e incluso mereció una respuesta del intendente Bordet. No obstante, fue sancionado sin modificaciones en el Senado. Será fiscalizado por el Tribunal de Cuentas, hoy presidido por Guillermo Smaldone. Paraná.(RN). A través del número 10304, el Ejecutivo entrerriano promulgó la ley que crea el Fondo de la Corporación de Desarrollo de Salto Grande (CODESAL) cuya finalidad será atender los requerimientos financieros que se originen en el cumplimiento de los fines y objetivos de dicho organismo.
Este fondo tendrá afectación para la concreción de sus fines y objetivos, y en especial se destinará a: proporcionar a la Corporación los medios necesarios para desarrollar eficazmente sus funciones y objetivos, conforme lo determinado al momento de su creación; promover, organizar y solventar todo evento que resulte de interés turístico, cuando así lo determinasen sus autoridades; financiar el mantenimiento, las reparaciones y las construcciones que resulten necesarios para el normal desarrollo del polo turístico de Salto Grande; contratar personal por tiempo determinado para realizar tareas que resulten necesarias para el desenvolvimiento y conforme a las necesidades de la Corporación; solventar gastos de compra de equipamiento, movilidad y todo otro bien que contribuya a mejorar el funcionamiento de la Corporación; atender todo gasto de movilidad y traslado del personal que cumple tareas en la Corporación; realizar el mantenimiento y reparaciones de los caminos comprendidos en el predio del Polo de Desarrollo Turístico de Salto Grande; efectuar toda erogación que resulte indispensable, a fin de atender cuestiones originadas en casos fortuitos, emergencias o cuando por cuestiones de fuerza mayor, requieran una solución en forma inmediata; garantizar en forma permanente la disponibilidad de servicio de emergencia sanitaria en la totalidad del ámbito del polo de desarrollo turístico; alcanzar todo otro objetivo establecido por ley o decreto del Poder Ejecutivo y demás que surjan de la creación del organismo.
En cuanto a cómo estará integrado el Fondo, será por: las asignaciones del recurso que se fijen por leyes especiales o pueda establecer la ley anual de presupuesto; los aportes o transferencias provenientes del Estado Nacional y de sus Organismos dependientes, así como también los provenientes de aportes privados; los aranceles cobrados por todo servicio que preste la Corporación, tales como los percibidos por el ingreso en los predios cuya administración se delegó a través de los Decretos 252/05 y 1198/07; los importes de dinero que se perciban en concepto de concesión de espacios o instalaciones pertenecientes al Polo de Desarrollo Turístico de Salto Grande; los provenientes de legados, donaciones y/o cualquier otro tipo de liberalidades; el producido de las operaciones realizadas con los recursos de este fondo; cualquier otro ingreso que se disponga en el futuro por parte del Poder Ejecutivo.
La administración del Fondo de Codesal estará a cargo de su Presidente, quien deberá adoptar las medidas tendientes al estricto cumplimiento de la presente. En el presupuesto anual de la Administración Provincial deberá incorporarse el rubro específico de recurso, como así también las partidas de erogaciones correspondientes. En tanto, la fiscalización del Fondo quedará a cargo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, al cual se le enviarán los balances anuales de gastos e ingresos, conforme a la Ley de Contabilidad. Este organismo de contralor hoy está presidido por el ex ministro de Trabajo urribarrista, Guillermo Smaldone.
La ley fue sancionada el 6 de mayo, y cosechó una gran polémica. En la Cámara baja, la oposición advirtió que esos recursos, como otros que administra esta comisión que encabeza Luis Mazurier, deben ser controlados por otros organismos públicos. Sin embargo, la redacción no se modificó en la Cámara Alta. Fue el ministro de Gobierno, Adán Bahl, quien bajó al Senado a pedir expresamente la sanción definitiva del proyecto por el que protagonizaron un encendido debate el diputado Lisandro Viale y el intendente de Concordia, Gustavo Bordet. Es que Viale había propuesto derogar el decreto 252/05 de creación de la Codesal, el decreto 1198/07 y “toda otra norma vinculada al organismo”, y transferir sus bienes y funciones a la Municipalidad de Concordia. La propuesta sugiere que el traspaso sea para una administración y control por un mecanismo de participación social y comunitaria, para garantizar la administración. “El organismo se transformó en un ente controvertido, rodeado de un halo de corrupción y arbitrariedad”, lo que despertó una dura réplica del intendente.
Qué es la Codesal
La Corporación para el Desarrollo de Salto Grande es un organismo que tiene por objetivo principal la puesta en marcha del Polo de Desarrollo Turístico Salto Grande. Tuvo su origen a través del decreto 252 del 14 de febrero de 2005 y fue depositaria de los terrenos que resultaban ociosos a la Delegación Argentina ante la CTM de Salto Grande, que fueron cedidas a la provincia a través de un convenio celebrado entre el Estado Nacional y el gobierno provincial. (RecintoNet)