La ley de Solidaridad Social desató una fuerte polémica en torno a la actualización del régimen de asignaciones vitalicias. Gobierno se comprometió a “terminar con las jubilaciones de privilegio”.
La Cámara baja dejó fuera del proyecto que fue girado a Senado el congelamiento del ajuste de haberes a los beneficiarios del régimen especial jubilatorio en el que se incluye a exmandatarios, diplomáticos y jueces nacionales.
La ley N° 24018 comprende a las asignaciones mensuales vitalicias para el Presidente, Vicepresidente de la Nación y Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Regímenes para Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público y de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. Por ahora, esas jubilaciones se seguirán ajustando por la movilidad.
Sin embargo, el presidente Alberto Fernández anunció que ampliará las sesiones extraordinarias del Congreso para tratar “un proyecto de ley que termine con las jubilaciones de privilegio”.
Vale recordar que el régimen de las llamadas “jubilaciones de privilegio” surge de la Ley 24.018, promulgada en diciembre de 1991 y actualizada mediante un decreto en noviembre de 2002. El texto comprende a las asignaciones mensuales vitalicias para el Presidente, Vicepresidente de la Nación, jueces de la Corte Suprema, magistrados y funcionarios del Poder Judicial, el Ministerio Público y diplomáticos.
“Para poder salir de la emergencia económica y social en la que estamos, vamos a trabajar para construir una sociedad que iguale las oportunidades de todas y todos”, indicó el mandatario.
Por lo pronto, una modificación a la norma durante la gestión presidencial de Eduardo Duhalde prevé que la jubilación especial para los presidentes “será la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Esa suma en la actualidad es de $341.709 mensuales. Mientras que los haberes de quienes trabajaron y aportaron desde el Poder Judicial alcanzan un promedio de $224.734 mensuales. En lo que respecta al personal que s desempeña en el servicio exterior tiene garantizada una jubilación equivalente al 85% del salario de acuerdo al puesto de mayor rango que ocuparon durante su vida activa.