El Ministerio de Salud mantuvo una reunión con el Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos y (IOSPER), donde se instituyó adherir a la resolución N° 696 del Ministerio de Salud de la Nación, la cual establece la autorización para la prescripción electrónica y dispensa de medicamentos para la atención de patologías crónicas y oncológicas, así como cualquier otro remedio que se utilice bajo receta, mientras dure la emergencia sanitaria por Coronavirus.
En este sentido, el Comité de Organización de Emergencia en Salud (Coes) adhirió a dicha medida a través de la resolución ministerial N° 1080, a los fines de autorizar con carácter excepcional la prescripción de medicamentos en formato de mensaje de texto, a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail, o fax. Esta disposición incluye aquellos fármacos detallados en las listas III y IV de la Ley nacional N° 19.303 “Normas para la comercialización, circulación y uso de drogas”; las medicaciones para pacientes oncológicos así como también las utilizadas para tratamientos de Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT), y se encuentran excluidos los estupefacientes.
Sobre la resolución, la directora General de Prestaciones, Andrea Nassivera, precisó que se trata de una decisión consensuada con distintos organismos que tienen incumbencia con la prescripción de medicamentos, en pos de garantizar el acceso a la salud de la comunidad. En este sentido, indicó: “El procedimiento es ágil y sencillo, ya que a través de medios electrónicos, el paciente debe, en principio, seleccionar la farmacia de su preferencia y recibir la receta que le envíe el profesional prescriptor habilitado en formato de mensaje de texto y, a su vez, éste debe notificar a la farmacia”.
“En el momento en que la farmacia tiene la receta, el paciente puede llamar y constatar si cuentan con su medicación y luego podrá retirarla personalmente, o bien autorizar el retiro por un tercero conforme lo determina la norma” agregó Nassivera.