Desde la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad, a cargo de Juan Martín Garay, indicaron aspectos sobre la veda electoral por las PASO 2023 en Entre Ríos.
Asimismo, informaron que la veda electoral comienza a las 08:00h de la mañana del viernes 11 de agosto. Desde entonces y hasta las 21:00h del domingo 13 de agosto, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas. Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
¿Qué cosas no están permitidas el día de la elección?
No está permitido realizar durante el día de la elección y hasta tres horas después de finalizado el comicio lo siguiente:
• Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
• Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
• Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
• Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
• A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
• Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
• Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
¿Se permiten los espectáculos el día de la elección?
No. NO ESTÁN PERMITIDOS los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las fiestas teatrales, deportivas y toda reunión pública que no se refieran al acto electoral. Están prohibidos durante su desarrollo y hasta tres horas después de finalizado.
¿Se puede comprar y vender bebidas alcohólicas el día de la elección?
No. Desde las 20:00 horas del día anterior (sábado) a la elección y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral (domingo) está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas. Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerrados. A quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le puede llegar a corresponder una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
¿Se pueden difundir encuestas el día de la elección?
No. Desde las 8:00 horas del viernes anterior a la elección y hasta el cierre del comicio está prohibido publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. También se encuentra vedado publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre. A quien incumpla con estas prohibiciones le podrán corresponder multas económicas.
¿Qué pasa con quienes violan la veda electoral?
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.
Por ejemplo, según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien «con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo» es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien «utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio», según lo establecido en el artículo 141, tendrá un castigo de hasta 3 años de presión.
Asimismo, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.