Se trata del edificio del Cine Teatro “Astral”, ubicado en la localidad de Basavilbaso; y del “Cine Teatro Don Santiago” de la ciudad de María Grande.
Se trata del edificio del Cine Teatro “Astral”, ubicado en la localidad de Basavilbaso; y del “Cine Teatro Don Santiago” de la ciudad de María Grande. Paraná.(RN). La provincia incorporó a su patrimonio histórico y arquitectónico a dos edificios, a través de sendas leyes que fueron promulgadas y publicadas este lunes en el Boletín Oficial. A través de la norma Nº 10297, el gobierno declaró Patrimonio Histórico – Cultural de la Provincia de Entre Ríos al edificio del Cine Teatro “Astral”, ubicado en la localidad de Basavilbaso, Departamento Uruguay. La ley, a la que accedió Recintonet, indica que “toda reforma, refacción o intervención que afecte al edificio deberá contar con la debida autorización de la Comisión de Lugares y Monumentos Históricos de Entre Ríos (Decreto N° 4262/59) o el organismo que en el futuro lo reemplace”. Asimismo, dispone que “los recursos que demande el cumplimiento de la presente, serán afectados del presupuesto general de la Provincia, de la partida de ingresos tributarios, rentas generales, conforme con los programas y proyectos que para cada ejercicio se proyecte por la Comisión de Lugares y Monumentos Históricos de Entre Ríos o el organismo que en el futuro lo reemplace”.
“Las autoridades municipales de la localidad de Basavilbaso, conjuntamente con la Comisión de Lugares y Monumentos Históricos de la Provincia de Entre Ríos o el organismo que en el futuro lo reemplace, deberán entregar al Poder Ejecutivo, los proyectos y programas que consideren pertinentes, antes del 30 de agosto de cada año, para que se considere su inclusión en el Presupuesto General del año inmediato posterior”, concluye la ley.
Por otro lado, a partir de la norma Nº 10298, se declaró Patrimonio Arquitectónico Histórico Cultural, el edificio del “Cine Teatro Don Santiago” de la ciudad de María Grande. En ese sentido, se deberán preservar “en un todo las características y las actividades que se desarrollan, permitiéndose adecuaciones tecnológicas que beneficien la calidad de uso y funcionamiento”.
Además, la ley declara “de interés provincial la labor desarrollada por el “Cine Teatro Don Santiago”, de la ciudad de María Grande, en reconocimiento a su ininterrumpida labor a favor de la elevación cultural”, y manda eximir a partir de 2014 “del pago del Impuesto Inmobiliario provincial al inmueble propiedad del “Cine Teatro Don Santiago”, Partida N° 10-70439-8, ubicado en el Departamento Paraná, Distrito María Grande 1°, ciudad de Maria Grande, Avenida Argentina N° 328”.
Ambas leyes recibieron sanción definitiva el 22 de abril de este año.(RecintoNet)