La nueva reforma tributaria fue promulgada por el Ejecutivo y beneficia al sector constructor vinculado con los créditos Procrear para viviendas del gobierno nacional.
Otro sector estará exento de Ingresos Brutos. Se trata del rubro de la construcción, siempre y cuando esté realizada en el marco del Programa de Crédito Argentino Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro. Cre. Ar.). La Ley 10.346 fue promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada este jueves en el Boletín Oficial. La norma, de la que dio cuenta Recintonet, incorpora como inciso nuevo al artículo 194° del Código Fiscal (T.O. 2014) el siguiente:
«La actividad de construcción realizada o ejecutada en el marco del Programa de Crédito Argentino Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar.)». Y faculta a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) a dictar las normas que resulten necesarias para la aplicación de las disposiciones de la ley. La iniciativa del Ejecutivo, que promovió una nueva reforma tributaria, tuvo sanción definitiva de Diputados el 10 de diciembre. Tras la revuelta policial de diciembre de 2013, el gobierno de Sergio Urribarri impulsó una nueva suba de impuestos, apoyada por gremios cercanos al gobierno.
No obstante, a mediados del año pasado el gobernador anunció una marcha atrás en algunos aspectos de esa aclamada reforma: volvió a eximir del pago de ingresos brutos a industriales, se lo redujo a la salud privada y dispuso una baja en los aportes a la Ley 4035. Pese a que los centros comerciales, el campo y trabajadores reclamaron por un trato igualitario, aún no se ve reflejado en los tributos. Sí, en cambio, es beneficiado el sector de la construcción que trabaja con el Plan Procrear.