Diputados dio media sanción a la iniciativa de Jakimchuk que pide adherir a la ley nacional 26.688. resta que de su aval la Cámara alta.
Diputados dio media sanción a la iniciativa de Jakimchuk que pide adherir a la ley nacional 26.688. resta que de su aval la Cámara alta. Paraná.(RN). Obtuvo media sanción de Diputados la adhesión a la Ley Nacional Nº 26.688 que declara de interés la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos y se declaran estas actividades de interés provincial. La iniciativa busca satisfacer las necesidades medicinales y sociales de la población entrerriana y esa es la esencia de la ley. A su vez, afirmó que el proyecto establece objetivos claros: la adhesión a la Ley Nacional de producción pública de medicamentos; la posibilidad de extender no solamente al sector estatal sino a las cooperativas, consorcios, pymes y también a privados, siempre que cumplan los requisitos y criterios establecidos por la autoridad de aplicación.
En el texto se propone declarar de interés provincial esas actividades, comprendiendo también “a las que desarrollan aquellos emprendimientos asociativos que bajo cualquier forma jurídica prevista por las leyes, se lleven adelante entre el sector empresario privado radicado en la provincia y el Estado Provincial a través de sus entes centralizados, descentralizados, empresas del estado, o sociedades cuyo capital social pertenezca total o parcialmente al mismo”. Y facultar al Poder Ejecutivo a extender el régimen a las empresas privadas radicadas en la provincia, algo que fue cuestionado por la diputada Emma Barbagna (FAP-Paraná), por equiparar a los laboratorios públicos con los privados.
Establece, además, la eximición impositiva provincial de todo tipo de impuestos, tributos, sellados, permisos, tasas y contribuciones a los establecimientos pertenecientes al Estado Provincial, y personas alcanzadas por el texto legal.
Finalmente, propone que las compras de medicamentos, vacunas y productos médicos que realicen los organismos públicos deberán efectuarse a las empresas y/o establecimientos de propiedad del estado provincial vinculadas a la actividad. Y, en caso que alguna de estas operaciones de compra resultare inconveniente a los intereses del erario público, se podrá excepcionar el procedimiento del caso mediante dictamen fundado de la autoridad de aplicación. De la misma forma, se deberá proceder en los casos en que las empresas estatales no estén en condiciones de proveer lo requerido.(RecintoNet)