El hecho ocurrió en inmediaciones de Ruta 4 y calle Ituzaingó, a plena luz del día y en la vía pública. La mujer tiene 32 años y el hombre más de 40. El agresor fue alojado en la Alcaidía de Concordia y el Juez de Garantías le fijó 20 días de prisión preventiva mientras se sustancia la causa judicial.
La Dra. Daniela Montangie, fiscal que entiende en la causa, comentó que «aproximadamente a la hora 13:30, del día martes, en calle Ituzaingó al 1935, en la vereda del propio domicilio, entre una pareja conviviente se produjo un hecho de violencia. La mujer terminó internada en el Sanatorio Garat con una fractura». Del mismo modo, la fiscal agregó que «el hecho se califica como lesiones graves y está en el contexto de violencia de género. El médico forense se constituyó en el sanatorio y constató las lesiones que presentaba la mujer agredida». Recordó que «el delegado judicial le tomó una entrevista a la víctima, en la que ella narró el episodio de violencia que viene padeciendo», no obstante aclaró que «no hay denuncias anteriores contra el agresor», y estimó que tal vez no hay denuncias por una situación de miedo de la víctima o porque estas conductas se naturalizan y no se hace la denuncia correspondiente por miedo», opinó. A modo de explicación judicial, la fiscal Montangie puntualizó que «el hecho se calificó como lesiones graves calificadas en virtud de lo dispuesto por el art 92 del Código Penal. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 80, la pena será, en el caso del artículo 89 de seis meses a dos años; en el caso del artículo 90, de tres a diez años; y en el caso del artículo 91, de tres a quince años de prisión», y recordó que «son calificadas por el contexto de violencia de género que al producirse en un ámbito familiar deja a la víctima en un estado de vulnerabilidad e indefensión total». Por último, la fiscal indicó que «se realizó una audiencia donde el Juez de Garantía, el Dr. Darío Mautone dispuso la detención para agresor por 20 días con prisión preventiva y continuará cumpliéndola en la alcaidía local». Vale puntualizar que a la Unidad Penal N°3 (UP3) solo van después de los 30 días de alojado en alcaldía, o cuando ya están condenados los detenidos.