El proyecto de juicio por jurados en la Legislatura

Con la firma del gobernador Gustavo Bordet, el Ejecutivo envió al Senado este viernes el proyecto de Ley de Juicio por Jurados

Se trata de una ley con un amplio consenso de la comunidad jurídica y política que establece que los juicios criminales deben realizarse por jurados populares. Serán juzgados por jurados todos los delitos con penas de más de 20 años de prisión. El jurado estará integrado por 12 ciudadanos, hombres y mujeres en partes iguales, bajo las instrucciones legales de un juez, que decidirán por unanimidad si el acusado es culpable o no culpable.

Este proyecto de ley apunta a dar cumplimiento en la provincia de Entre Ríos al mandato Constituyente Nacional originario, establecido en 1853, que los juicios criminales deben realizarse por jurados (artículos 24, 75 -inciso 12- y 118) y a lo establecido por el artículo 122, inciso 23 de la Constitución de Entre Ríos.

El procedimiento promueve la participación ciudadana y tiene un rol esencial dentro del sistema de frenos y contrapesos de la forma republicana de gobierno. El pueblo resuelve los conflictos demostrando el sentido comunitario que poseen de las normas, su visión de la realidad y su sentido innato de justicia y equidad. Además, implica una mayor garantía de imparcialidad.

La división entre veredicto a cargo del pueblo y sentencia a cargo del Juez estatal brinda a los ciudadanos la máxima garantía de desconcentración del poder punitivo.

El servicio de jurado es una carga pública que podría ser ejercida por cualquier ciudadano argentino o naturalizado, de entre 18 y 75 años, que tenga pleno ejercicio de sus derechos políticos y se domicilie en la jurisdicción correspondiente al lugar del hecho.

El proyecto fue remitido este viernes y tuvo una elaboración conjunta de equipos técnicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, encabezada por la ministra Rosario Romero, contando con los valiosos aportes y propuestas de la AAJJ (Asociación Argentina de Juicio por Jurados) y del INECIP, (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales), instituciones pioneras en la implementación de juicio por jurados en Argentina y América Latina. Además, fueron actores claves en el presente proyecto de ley, las contribuciones realizadas por parte del Colegio de Abogados de Entre Ríos y la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos.

Asimismo, se destaca que el desarrollo de las Jornadas “Juicio por Jurados, la concreción de un mandato constitucional”, que se llevaron a cabo en el mes de junio en Paraná, organizadas por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial “Dr. Juan Bautista Alberdi”, del Superior Tribunal de Justicia en forma conjunta con el Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia, fueron cruciales tanto para que el tema haya tomado relevancia en la agenda pública, como para que se lograran los consensos en la necesidad de su aplicación en el territorio entrerriano.

 

Se trata de una ley con un amplio consenso de la comunidad jurídica y política que establece que los juicios criminales deben realizarse por jurados populares. Serán juzgados por jurados todos los delitos con penas de más de 20 años de prisión. El jurado estará integrado por 12 ciudadanos, hombres y mujeres en partes iguales, bajo las instrucciones legales de un juez, que decidirán por unanimidad si el acusado es culpable o no culpable.

Este proyecto de ley apunta a dar cumplimiento en la provincia de Entre Ríos al mandato Constituyente Nacional originario, establecido en 1853, que los juicios criminales deben realizarse por jurados (artículos 24, 75 -inciso 12- y 118) y a lo establecido por el artículo 122, inciso 23 de la Constitución de Entre Ríos.

El procedimiento promueve la participación ciudadana y tiene un rol esencial dentro del sistema de frenos y contrapesos de la forma republicana de gobierno. El pueblo resuelve los conflictos demostrando el sentido comunitario que poseen de las normas, su visión de la realidad y su sentido innato de justicia y equidad. Además, implica una mayor garantía de imparcialidad.

La división entre veredicto a cargo del pueblo y sentencia a cargo del Juez estatal brinda a los ciudadanos la máxima garantía de desconcentración del poder punitivo.

El servicio de jurado es una carga pública que podría ser ejercida por cualquier ciudadano argentino o naturalizado, de entre 18 y 75 años, que tenga pleno ejercicio de sus derechos políticos y se domicilie en la jurisdicción correspondiente al lugar del hecho.

El proyecto fue remitido este viernes y tuvo una elaboración conjunta de equipos técnicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, encabezada por la ministra Rosario Romero, contando con los valiosos aportes y propuestas de la AAJJ (Asociación Argentina de Juicio por Jurados) y del INECIP, (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales), instituciones pioneras en la implementación de juicio por jurados en Argentina y América Latina. Además, fueron actores claves en el presente proyecto de ley, las contribuciones realizadas por parte del Colegio de Abogados de Entre Ríos y la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos.

Asimismo, se destaca que el desarrollo de las Jornadas “Juicio por Jurados, la concreción de un mandato constitucional”, que se llevaron a cabo en el mes de junio en Paraná, organizadas por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial “Dr. Juan Bautista Alberdi”, del Superior Tribunal de Justicia en forma conjunta con el Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia, fueron cruciales tanto para que el tema haya tomado relevancia en la agenda pública, como para que se lograran los consensos en la necesidad de su aplicación en el territorio entrerriano.