El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, consideró que el planteo de inconstitucionalidad y una medida cautelar serían los pasos jurídicos que deberían seguir los gobernadores para reclamar a la Nación ante las medidas económicas adoptadas que perjudicarán los ingresos provinciales.
De este modo, se refirió a los reclamos que los gobernadores de la a oposición estudian realizar ante la Justicia, tras la decisión el Poder Ejecutivo nacional de eliminar el IVA en varios productos y establecer mejoras en Ganancias, que son impuestos coparticipables a las provincias por lo cual verían disminuidos sus ingresos.
En ese sentido, Rodriguez Signes precisó que “en el plano legal hay dos aspectos, uno de fondo y otro de forma. El de fondo es que estos impuestos, Ganancias e IVA, son coparticipables, es decir, forman parte de los tributos que recauda la AFIP y que se distribuyen entre la Nación un porcentaje y las provincias otro porcentaje; y después la coparticipación secundaria entre las provincias”.
Añadió que todo esto “está regulado jurídicamente y se llama derecho intrafederal, el cual se conforma través de leyes convenio: Primero firman convenio los gobernadores con la Nación, después la Nación eleva al Congreso un proyecto de ley, el Congreso lo trata y las provincias lo ratifican por leyes provinciales”.
Al respecto, afirmó que “lo que hizo el Poder Ejecutivo fue modificar los tributos por decreto, cuando ni siquiera lo podían hacer por una ley común, sino que había que hacerlo por ley convenio, como se hicieron todos los pactos fiscales”. Para el fiscal, “esta fue una decisión a apurada, producto del resultado electoral”.
En cuanto al aspecto de forma, indicó que “procesalmente es competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los caminos procesales son distintos”. A su entender, en este caso correspondería “la acción de inconstitucionalidad, que es un tipo de proceso donde lo que se cuestiona justamente es la contradicción entre lo que dice la Constitución y lo que dicen los decretos, porque son dos; y probablemente con alguna medida cautelar”.
“Lo que los fiscales estamos haciendo hoy es intercambiando ideas, información y escritos como para que las provincias que se reunieron ayer en la Comisión Federal de Impuestos (CFI) tengan un texto más o menos común entre todas. No hacer una sola presentación, ya que cada provincia tiene que hacerlo individualmente en la Corte, pero si tener un argumento común”, explicó.
En este caso, consideró que la Corte debería despachar una medida cautelar, como se hizo “en el tema del conurbano, que la Corte no la despachó por suerte porque sino hubiera sido un desastre para todas las provincias. En este caso, dada la urgencia, corresponde la interposición de un medida cautelar. No se realmente si va a prosperar, pero a la inconstitucionalidad hay que plantearla porque después si las provincias obtienen un triunfo jurídico la Nación tiene que devolver los fondos”. Esto último, “va a ser una decisión de fondo de la cuestión, no va a ser inmediato”, advirtió, por lo que “acá lo que resolvería el problema sería una medida cautelar”.
El fiscal también se refirió a otro de los puntos que reclamarían los gobernadores, que tienen que ver con el Fondo Federal Solidario, aunque “era un poco más débil el argumento porque este fue creado por decreto y corresponde a las retenciones, no a IVA ni a Ganancias”. Al respecto, advirtió que “las retenciones son del Estado nacional pero, no obstante, como fueron incorporadas en los pactos fiscales pensamos que no podría el Poder Ejecutivo eliminarlo por decreto sin vulnerar lo que se había pactado”.
Por otro lado, en el caso de Entre Ríos, Rodríguez Signes mencionó que a ello se sumaría que “la Nación tiene muchas deudas con la provincia. Por ejemplo, el sistema carcelario, ya que las unidades penales de la provincia alojan detenidos del fuero federal y por convenio la Nación tendría que pagar eso y no lo está pagando; deudas del IAPV, de Vialidad; es decir, hay muchos rubros en los cuales la Nación está adeudando importantes sumas de dinero a la provincia”. Sobre ello, hizo notar que como las demandas son individuales de cada provincia, la que interponga Entre Ríos podría incluir también estas deudas.
Finalmente, el funcionario dijo desconocer cuál sería ser la actitud de la Corte ante estas presentaciones, pero consideró que “los decretos son manifiestamente inconstitucionales, son groseramente inconstitucionales. Cualquier juez -no necesita ser miembro de la Corte Suprema- se da cuenta que esto no se puede hacer por decreto. En principio, toda cuestión tributaria corresponde al Congreso de la Nación, y al Poder Ejecutivo solamente reglamentarla, pero establecer los tributos es competencia del Congreso. Ni siquiera lo puede hacer el Poder Ejecutivo por vía de decreto de necesidad y urgencia”.