Paraná.(RN). La Cámara Baja, bajo la presidencia hoy de Sergio Urribarri, dispuso crear una junta médica en ese ámbito para fijar “los pasos a seguir en materia de licencia ante la problemática de salud que requiere un largo tratamiento del empleado legislativo”, ante las demoras de la Junta Médica de la provincia. La medida busca reglamentar al artículo 55 de la ley 9014 de Estatuto del Personal Legislativo. Ya hubo un intento el año pasado en el mandato del actual diputado y titular de UPCN, José Allende, por el cual se contrató a una empresa privada, Medical SRL; pero la firma incumplió y el contrato fue rescindido. Fue convocada una nueva cotización, pero quedó desierta. No hace mención el proceso a la necesidad de solucionar las dilaciones del organismo provincial que debería intervenir en el tema ya que se trata, en definitiva, de empleados estatales.
Ahora, ese ámbito legislativo volvió sobre el tema, a través del Decreto Nº 020 HCD, que lleva las firmas del propio Urribarri y del secretario de la Cámara, Nicolás Pierini; está fechado el 30 de marzo, y fue publicado este 7 de abril en el Boletín Oficial.
En los considerandos del texto se menciona que a través del Decreto Nº 002/15 H.C.D. del anterior período legislativo la Cámara “decidió reglamentar el procedimiento previsto en el art. 55º de la Ley 9014 fijando los pasos a seguir en materia de licencia ante la problemática de salud que requiere un largo tratamiento del empleado legislativo”.
Ese artículo de la ley señala que “por afecciones de la salud que impongan largo tratamiento se concederá hasta un año de licencia en forma continua o discontinua, con percepción íntegra de haberes, previa historia clínica y junta médica. Vencido el plazo estipulado y subsistiendo la causal que determinó la licencia, se podrá conceder la prolongación de la misma por el término de un año, previa junta médica, percibiendo el agente el cincuenta por ciento (50) de su remuneración. Cumplida la prórroga, será reconocido por una junta médica designada al efecto, la que determinará las funciones que pueda desempeñar el agente. En el caso de comprobarse incapacidad total, se aplicará el régimen previsional vigente”.
En ese orden, el año pasado por Decreto 005/15 H.C.D. y “basado en las demoras que se presentan en los trámites de Juntas Médicas convocadas en cumplimiento del Art. 55º de la Ley 9014” la Cámara Baja “convocó a cotización resultando adjudicataria por Decreto 008/15 H.C.D. – 136 P.L. la firma MEDICAL S.R.L.”.
Pero, continúa explicando el decreto firmado por Urribarri, “con motivo del incumplimiento incurrido por la firma adjudicataria, por Decreto 036/15 H.C.D. – 136 P.L. esta Cámara rescindió dicho contrato y concretada una nueva convocatoria a los mismos fines por Decreto 037/15 H.C.D. – 136 P.L. invitando a cuatro firmas, la misma fue declarada desierta al no haberse presentado ningún oferente, según Decreto 039/15 H.C.D. – 136 P.L.”.
“Ha sido y es intención de estas autoridades regularizar los pedidos de licencia por largo tratamiento para dotarlos de un procedimiento reglado y mayor celeridad en su tramitación, sin embargo representa un obstáculo para que ello ocurra la exigencia de que la Junta Médica deba estar integrada por tres profesionales de la especialidad que el caso requiere”, explica el actual presidente de la Cámara, ya que así lo dispone el punto 2 del anexo del primer Decreto firmado por Allende, el 002/15 H.C.D.
Es así que la nueva Presidencia de la Cámara resolvió modificar ese punto y “conformar dicha Junta Médica con un profesional de la especialidad que el caso requiere y dos especialistas en medicina laboral”.
Resta ver qué resolverá la Cámara Alta, tras la decisión de Diputados.(RecintoNet)