Despacho favorable para la ampliación de licencia por maternidad

Despacho favorable para la ampliación de licencia por maternidad

El texto toma estado parlamentario en la sesión de este martes. Podría tener media sanción en una quincena.

Despacho favorable para la ampliación de licencia por maternidad

El texto toma estado parlamentario en la sesión de este martes. Podría tener media sanción en una quincena.

Paraná.(RN). La comisión de Legislación de Diputados dio despacho favorable este martes al proyecto de ley que amplía de 90 a 180 días la licencia para las madres que den a luz (o adopten) y de dos a 15 para los padres. El teto propone que serán 210 los días de licencia en el caso de nacimientos múltiples, prematuros, de riesgo o de hijo con discapacidad  e incluye en el mismo régimen a los matrimonios igualitarios. El proyecto tomará estado parlamentario en la sesión de esta tarde y podría ser tratado en la próxima sesión.

El nuevo proyecto establece “el Régimen de Licencias por maternidad y por nacimiento de hijo para todos los empleados públicos del Estado Provincial, en sus diferentes jerarquías, independientemente de su antigüedad y situación de revista, quedando comprendidos los empleados de los organismos centralizados y descentralizados”. En ese marco, fija: “La licencia por maternidad de toda trabajadora del Estado Provincial será de 180 (ciento ochenta) días corridos, con goce de haberes, previa acreditación del embarazo en la forma y en el plazo que reglamentariamente se establezca. En caso de nacimientos pre término el plazo será idéntico y se acumulará al descanso posterior al parto todo el lapso de licencia no gozado antes de aquél, hasta completar los 180 (ciento ochenta) días corridos. La licencia por maternidad debe ser otorgada 30 (treinta) días antes de la fecha estimada de parto. La trabajadora podrá optar excepcionalmente por reducir el plazo de licencia pre parto a 15 (quince) días corridos”.

Para el caso de “nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia total por maternidad será de 210 (doscientos diez) días corridos, con goce de haberes”.  Y, si el embarazo “se interrumpiere por aborto espontáneo o por razones terapéuticas, luego de transcurridos 6 meses de comenzado, o si se produjese alumbramiento sin vida, toda trabajadora estatal tendrá derecho a una licencia de 30 (treinta) días corridos, con goce de haberes”.

En tanto, “la licencia por nacimiento de hijo de todo trabajador del Estado Provincial será de 15 (quince) días corridos posteriores al parto, con goce de haberes. En caso de nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia por nacimiento de hijo será de 25 (veinticinco) días corridos”. El proyecto contempla además los casos de los trabajadores del Estado Provincial “que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley estuvieren en uso de licencia por maternidad o por nacimiento de hijo gozarán automáticamente de los beneficios previstos en la presente norma”, e invita a los municipios y comunas a adherir.(RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck