A pocas horas de la votación en el Senado del proyecto de ley que protege los humedales de todo el país, organizaciones ambientalistas denunciaron que el PRO presentó, luego de varias maniobras violatorias del reglamento, un dictamen a medida de quienes impulsan actividades destructivas para estos ecosistemas. El Senado deberá decidir entre el texto avalado por académicos, agricultores y organizaciones sociales de todo el país, que protege estos ecosistemas, o el que beneficia a los proyectos inmobiliarios que avanzan sobre los humedales.
En un documento entidades ambientalistas, productivas y académicas advirtieron que “el PRO pretende tirar por la borda el trabajo de las organizaciones ecologistas y el proyecto de ley impulsado a conciencia por distintos actores de la sociedad, para beneficiar con una ley hipócrita a los proyectos inmobiliarios y agropecuarios que avanzan sobre los humedales”.
En febrero, el presidente Mauricio Macri prometió impulsar un proyecto de ley que proteja los humedales y señaló: “Tenemos que cuidar esto que es tan valioso para nuestro país, desde la Laguna de los Pozuelos, en Jujuy, pasando por los esteros del Iberá…”, dijo entonces el mandatario.
En contradicción con esas declaraciones, el dictamen que impulsa el PRO avala impactos significativos sobre humedales y permite que esos daños sean “compensados” de manera artificial. Este martes, el Senado deberá decidir entre ese proyecto de Ley o el texto avalado por académicos, agricultores y organizaciones sociales de todo el país que protege estos ecosistemas, fundamentales para aliviar inundaciones y proveer de agua potable.
El dictamen de Ley de Humedales que impulsa el senador entrerriano Alfredo De Angeli (PRO) promueve actividades productivas en las áreas que deben ser protegidas, lo que no condice con una ley de presupuestos mínimos de protección ambiental. Por ejemplo, avala impactos significativos sobre humedales para luego, en humedales “equivalentes”, “compensar” el daño de manera artificial. A su vez, elimina la moratoria hasta que esté realizado el inventario y hace mención a una consulta de las autoridades provinciales a las nacionales, para que las segundas decidan, en 60 días, si se puede destruir el humedal no inventariado.