Cumbre del Mercosur: oficializaron la ley que autoriza compras directas

Cumbre del Mercosur: oficializaron la ley que autoriza compras directas
Previo a ese paso, el gobierno ya había conformado la Unidad Operativa Cumbre Mercosur y publicó el respectivo decreto en el Boletín Oficial.

Cumbre del Mercosur: oficializaron la ley que autoriza compras directas
Previo a ese paso, el gobierno ya había conformado la Unidad Operativa Cumbre Mercosur y publicó el respectivo decreto en el Boletín Oficial. Paraná.(RN). El gobierno publicó este 29 de octubre en el Boletín Oficial la Ley Nº 10327 que pide declarar de interés provincial la XLVII Reunión ordinaria del Consejo del Mercado Común del Sur (Mercosur), a llevarse a cabo en Paraná. Sin embargo, el punto polémico es que se faculta al Ejecutivo “a utilizar el procedimiento de contratación directa para la ejecución de las obras, contratación de los servicios, adquisición de suministros, y en general para toda compra y/o todo otro acto y/u operación que resulten necesarios para la realización de los distintos eventos que se efectúen y/o resulten inherentes al ámbito” de la cumbre. En su paso por la Legislatura, la oposición criticó el texto porque avanza sobre la manda constitucional que establece el procedimiento para compras y contrataciones por parte del Estado.

Además, la ley, cuyo proyecto había difundido Recintonet, faculta al Ejecutivo a que, “en el caso que éste lo considere conveniente, a formalizar acuerdos y/o convenios de colaboración con cámaras, colegios, entidades privadas, personas físicas y/o jurídicas, entidades intermedias, organizaciones no gubernamentales, con suficiente experiencia y solvencia técnica, las que por sí, o a través de la contratación de terceros, estén dispuestos a aportar sus servicios, asumiendo el compromiso de ejecutar los trabajos y/o provisiones que se le encomienden  en el marco del Contrato que formalizarán en oportunidad de resultar adjudicatarios de la obra y/o suministro de que se trate”.

Asimismo, indica en su articulado que “cuando razones de conveniencia así lo justifiquen, la autoridad competente podrá autorizar anticipos o adelantos financieros al contratista y/o proveedor, los que se amortizarán por las respectivas facturaciones que se emitan”; y, al reglamentar la norma, se “creará una unidad operativa definiendo y estableciendo su constitución y/o funcionamiento; quedando además expresamente facultado para delegar las prerrogativas atribuidas en la presente norma, incluidos los pagos que correspondan efectuarse”. También se faculta al Ejecutivo a “efectuar las modificaciones y/o adecuaciones al presupuesto vigente que resulten necesarias para la concreción de las operaciones”.

El artículo 7º, en tanto, indica que el Ejecutivo “a través de la Unidad Operativa deberá, dentro de los treinta (30) días de finalizadas las actividades de la reunión, comunicar detalladamente a la Legislatura lo relativo a las obras y/o suministros contratados”.

Por último, el proyecto que el gobierno pide sancionar dispone: “Para todo asunto o cuestión relativa a la aplicación de la presente Ley que no se encuentre expresa o tácitamente prevista en su articulado, se aplicará supletoriamente la Ley de Administración Financiera N° 5140 y su normativa reglamentaria, la Ley de Obra Pública N° 6351 y su normativa reglamentaria y los principios generales del derecho administrativo, los que deberán interpretarse atendiendo especialmente a las intenciones y propósitos fijados en la presente Ley”.

La ley fue sancionada por el Senado el 16 de octubre, y promulgada el 20 de este mes. No obstante, su oficialización en el Boletín Oficial se realizó nueve días después, este 29 de octubre. Sin embargo, el gobierno creó “Unidad Operativa de la Cumbre Mercosur” a través del Decreto Nº 3615 GOB, del 20 de octubre, y publicado el 21 de octubre en el Boletín Oficial, o sea, fue publicado antes de la ley que autorizaba la creación de esta unidad, como ya informó Recintonet. (Recintonet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck