Condenan a tres bonaerenses por enviar droga a La Histórica en encomiendas

Un tribunal de Concepción del Uruguay sentenció a un peluquero, un plomero y un albañil, oriundos de Bahía Blanca por enviar droga en encomiendas. Gendarmería detectó dos envíos en 2020 y dejó seguir los paquetes a destino.

Un peluquero domiciliado en Bahía Blanca fue condenado por transportar encomiendas con droga desde Misiones a la ciudad de Concepción del Uruguay y dos conocidos, recibieron penas menores por la recepción de ese material.
El fallo, dictado hace algunos días, estuvo a cargo del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, ya que dos de los envíos fueron interceptados por la Gendarmería en la ruta nacional 14, Entre Ríos, y vigilados hasta su destino.

La principal sanción fue para Elías Alberto Nasif, de 26 años, quien fue sentenciado a 4 años y 2 meses de prisión y multa de 243.000 pesos.
Por ahora, se encuentra bajo arresto domiciliario, aunque el juez firmante, Jorge Sebastián Gallino, pidió que sea trasladado a la cárcel de Villa Floresta.

El plomero Sebastián Alejandro Galotto (27) y el albañil Martín María David (26) recibieron 2 años de cárcel por el delito de tenencia de estupefacientes.
Al fallo se llegó tras un acuerdo entre las partes, el fiscal general auxiliar, Franciso Bernhardt y los defensores Leonardo Gómez Talamoni (de Nasif) y Julieta Elizalde (Galotto y David).

Inicio de la pandemia

El hecho incluyó el traslado de dos encomiendas con más de 3,2 kilos de marihuana en total, desde Posadas a nuestro medio, a través de una empresa de transporte.
Uno de los paquetes fue despachado el 21 de abril de 2020 desde la capital misionera y la interceptación se produjo en el peaje de Colonia Elía, en el kilómetro 100 de la ruta nacional 14.

El otro salió dos días más tarde y fue descubierto -el 25 de abril- en el kilómetro 240 de la misma carretera, frente a Colonia Yerúa.
«Tobías» y «Apolo», los perros antinarcóticos de la Gendarmería fueron clave en los operativos de control.
Galotto y David fueron atrapados cuando fueron a buscar los paquetes a la oficina local de la empresa, mientras que Nasif estuvo prófugo algunos meses, hasta que cayó el 7 de septiembre de 2020, cuando ingresaba en una barbería de Estomba al 500.

La intervención del principal protagonista se acreditó a través de las cámaras de la empresa, donde se estableció que había despachado los bultos bajo identidad falsa, con el nombre de Thomas Lionel Fernández y presentando un DNI de esa persona. También se supo que había alquilado, temporariamente un departamento en Posadas.
Para el juez, existen sobrados elementos probatorios para la condena.

Los roles

“Con la prueba reunida en autos puede acreditarse que efectivamente David y Galotto eran quienes demandaron las sustancias de marihuana, figurando inclusive como destinatarios, y fueron quienes se acercaron a la oficina de Vía Cargo en busca de la sustancia estupefaciente”, señaló el magistrado.
“En cuanto a Nasif, se encuentra probado que en todo momento tuvo el dominio del hecho del transporte de la droga. En tal sentido reconoció su autoría y se encuentra comprobado que fue él quien remitió ambas encomiendas”, remarcó el juez Gallino.

Para David, la pena es de ejecución condicional, aunque deberá someterse durante dos años al control del Patronato de Liberados, mientras que en el caso de Galotto, la pena es de cumplimiento efectivo (prisión domiciliaria), ya que en su contra existe una condena anterior, a 15 días de prisión, por el delito de desobediencia en el marco de una infracción de tránsito.

Como no transcurrieron 4 años entre un hecho y otro, el tribunal revocó la condicionalidad de la primera sentencia y unificó la pena en 2 años de prisión efectiva, aunque la cumplirá en su casa y con una tobillera electrónica bajo monitoreo.
Para esto último tuvo en cuenta la vulnerabilidad del joven, que tiene a su cargo un hijo de 7 años y trabaja en el quiosco de su madre.

Pidió que no vaya preso

El abogado Gómez Talamoni apeló a Casación para que Nasif no vaya a la cárcel. El tribunal aceptó que la instancia superior defina si el condenado sigue bajo arresto domiciliario o va a prisión.
Gómez Talamoni consideró que el tribunal actuante interpretó en forma errónea la ley, sin expresar en forma clara los motivos para la materialidad ilícita y la autoría.
Destacó la falta de una fundamentación suficiente y que así se violentó el derecho de defensa.
Los jueces entrerrianos enviaron oficio a Gendarmería para notificar a Nasif, quien por ahora cumple domiciliaria en una vivienda de Haití al 2100.