Miguel Cristo recibió la pena máxima por matar con ensañamiento y alevosía a su hija Nahiara de dos años. El Tribunal consideró una serie de atenuantes para no hacer lugar al pedido de perpetua para su pareja, Yanina Lescano. Él seguirá en el penal, mientras ella continuará con domiciliaria.
El Tribunal condenó, por unanimidad, a la pena de prisión perpetua a Miguel Ángel Cristo por ser autor material y penalmente responsable del delito de Homicidio calificado por el vínculo con ensañamiento y alevosía de su hija Nahiara; mientras que declaró a Yanina Soledad Lescano, autora material y responsable del delito de Homicidio calificado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación, y en consecuencia la condenó a la pena de 16 años de prisión.
«Cristo es el autor material de la múltiples lesiones que le provocan la muerte a Nahiara; el imputado desplegó durante un período de tiempo de más 40 días un accionar positivo para ejecutar de manera crónica y sistemática actos de inusitada violencia contra la víctima utilizando elementos duros y romos, líquidos calientes, elementos redondeados e incandescentes, elementos para atarla comprimirla e inmovilizarla», aseguró el juez Gervasio Labriola durante la lectura de la sentencia.
Mientras que para el caso de la madrastra de Nahiara, el Tribunal «desechó todas las manifestaciones de violencia de género y sumisión que alegó ser víctima, confirmó que no existió violencia física sobre su cuerpo porque no fueron constatadas lesiones, tampoco estuvo encerrada o privada de su libertad porque disponía de llaves para salir de la casa, ni estaba incomunicada porque eso se comprobó por las asiduas comunicaciones que mantenía personalmente y por teléfono antes, durante y después del hecho; tampoco existió violencia psicológica, verbal ni coacciones por parte de Cristo hacia Lescano porque aquellas amenazas hasta con arma de fuego que ella refirió se contradicen al no ser halladas en el domicilio; tampoco es cierto que Lescano haya recibido amenazas de parte de la familia gitana de Cristo porque de los informes de Copnaf surge que todos manifestaban vínculos amorosos frente a la niña, que de hecho vivió en un ambiente óptimo de contención durante su estadía en la casa de los abuelos paternos; tampoco se detectó la violencia económica que alegó la defensa de la imputada porque ésta tenía su documentación y tarjetas de crédito y débito».
El Tribunal dispuso la continuidad del encierro cautelar que cumplen ambos, atento a que los riesgos procesales se mantienen, por lo que prorrogó el mismo en idénticas condiciones hasta que la sentencia quede firme: Cristo seguirá en la Unidad Penal de Paraná, mientras Lecano continuará con domiciliaria.
En el inicio de la audiencia, el Tribunal se refirió a la situación que se juzgaba y hablaron de «aberrante hecho». Incluso, mencionó que se tomaron en cuenta los testimonios de los policías que «dieron cuenta del estado atroz en el que se encontraba la niña al llegar al hospital» San Roque de Paraná.
«Salvo en su cuello, tenía todo el cuerpo lesionado de las más variadas formas», aseguró el magistrado al dar cuenta de las graves lesiones que registraba el cuerpo de la pequeña, entre las que mencionó, «lesiones redondeadas con líquidos calientes e incandescentes, perforación del tabique nasal e infección bacteriana en uno de sus oídos».
Sobre la causa de muerte, Labriola comunicó que de la autopsia preliminar se determinó una falla multiorgánica y un avanzado estado de desnutrición. Al ampliar sobre las condiciones del deceso, el juez señaló que «la falla multiorgánica generalizada se produjo a partir de un shock séptico, causado por un germen, el Staphylococcus aureus, que ingresó al organismo de la niña a través de las lesiones ulceradas no cicatrizadas que tenía en distintas partes de su cuerpo».
«Nahiara estaba en un avanzado estado de desnutrición, deshidratada, quemada y lastimada en cabeza y pies», comunicó el juez, y recalcó que «fue agredida muchas veces durante un tiempo prolongado».
Fiscalía
«No entendemos por qué el Tribunal desechó la alevosía y el ensañamiento respecto a la imputada Lescano. Para nosotros ese agravante se acreditó con certeza», refirió el fiscal, Juan Malvasio.
«En un primer término debemos destacar que el Tribunal ha acogido la acusación porque determinó que tanto Cristo (padre de Nahiara) como Lescano, son responsables y eso no es un dato menor», agregó el fiscal.