Tras el asueto, el decreto número 26.622, emitido por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), estableció en su artículo segundo, el “receso en el ámbito de la administración pública municipal, período que se extenderá hasta el viernes 15 de enero, inclusive, computándose dicho período a cuenta de la licencia anual ordinaria”.
La normativa aclara, además, que “no quedarán comprendidos como tampoco serán alcanzados por el receso administrativo los agentes que sean designados para desempeñarse en guardias o servicios esenciales, según lo determinado por la Secretaría que corresponda”.
En cuanto a la gestión administrativa, el decreto suspende los plazos procesales correspondientes a los expedientes administrativos municipales, hasta el 15 de enero, inclusive, aunque quedan exceptuados los expedientes referidos a los procedimientos de selección de compras (ordenanza número 9.622), obras públicas, operaciones de crédito público y a lo que expresamente las autoridades habiliten -fijando día y hora-, y la emisión de los actos administrativos de su competencia.