Boleto estudiantil: recuerdan que hay un proyecto con media sanción del Senado

Boleto estudiantil: recuerdan que hay un proyecto con media sanción del Senado
En la Cámara Baja ingresó un texto para realizar descuentos a estudiantes entrerrianos, pero senadores ya dieron su aval a una iniciativa en abril sobre un régimen de boleto estudiantil.

Boleto estudiantil: recuerdan que hay un proyecto con media sanción del Senado
En la Cámara Baja ingresó un texto para realizar descuentos a estudiantes entrerrianos, pero senadores ya dieron su aval a una iniciativa en abril sobre un régimen de boleto estudiantil. Paraná.(RN). A raíz de un proyecto de ley presentado en la Cámara Baja provincial, que propone que el servicio público de transporte de pasajeros interurbano de jurisdicción provincial reduzca en un 50 por ciento el costo de la tarifa ordinaria de traslado de todo alumno regular residente en Entre Ríos, “que concurra a institución educativa situada en otra localidad de la provincia distinta a la de su lugar de residencia”, recordaron que la Cámara Alta ya dio media sanción a un texto que crea un el Régimen del Boleto Estudiantil. La autora de la nueva iniciativa es la diputada socialista en el bloque FAP-GEN, Emma Bargagna, quien afirmó que “el beneficio comprenderá también el 50 por ciento del costo del traslado del alumno desde la localidad sede de la institución educativa a la que concurre hasta la de su lugar de residencia”.

No obstante, el 24 de abril de este año la Cámara de Senadores dio media sanción a un texto que propone crear y poner en funcionamiento en Entre Ríos el “Régimen del Boleto Estudiantil” para ser utilizado en el servicio público provincial de transporte automotor y ferroviario de pasajeros, en sus servicios de corta, media y larga distancia, en la jurisdicción provincial. Tuvo aprobación en la misma sesión en que se dio sanción definitiva a la ley de Centros de Estudiantes. Sin embargo, según supo Recintonet, la iniciativa impulsada por Aldo Ballestena (La Paz) aún no fue trabajada en Diputados.

El boleto consistiría en la “reducción del cincuenta por ciento (50%) en la tarifa ordinaria del transporte de pasajeros, para los alumnos regulares del nivel secundario, terciario y Universitario, en el período correspondiente a los ciclos lectivos, o desde el 1º de febrero hasta el 23 de diciembre inclusive si aquellos no estuvieran determinados, para su traslado directo a los establecimientos educacionales desde su lugar de residencia y viceversa, sin limitación alguna de horarios para la utilización del beneficio”.

Propone como beneficiarios a todos los estudiantes secundarios, terciarios y universitarios, que pertenezcan a instituciones educativas públicas o privadas, haciendo extensivo el beneficio a los acompañantes de alumnos discapacitados, para cuya instrumentación deberán presentar la acreditación correspondiente, que deberán presentar documentación ante la empresa de transporte, para acreditar su condición de alumno regular.

En tanto, las empresas de transportes de pasajeros darán cumplimiento al régimen establecido en la modalidad “Servicio Regular” categoría “común”, cualquiera sea la distancia del recorrido, realizando el descuento para el tramo dentro de la provincia. Además las empresas deberán exponer en forma escrita, clara, visible y legible los arts. 1º a 5º de la presente ley, antecedido por el título: “DESCUENTO PARA ESTUDIANTES”, con el fin de dar conocimiento a todos los que vayan a comprar sus boletos. Será la Empresa la que cubrirá los riesgos del estudiante de la misma forma e idéntico monto que el Seguro determine para el resto de los pasajeros.


Sanciones

El proyecto señala además que “cualquier omisión o inobservancia a las disposiciones establecidas en la presente ley, hará responsable a las Empresas de Transporte automotor de Pasajeros, de multas que irán desde el equivalente en pesos ($) de 500 litros de gasoil a 2000 litros de gasoil, de acuerdo a la gravedad de la omisión, y atendiendo a la reincidencia o no de las omisiones”. Añade que ante reincidencias múltiples, se podrá disponer de manera fundada, la clausura de la Empresa de transporte de pasajeros reincidente.
Ballestena propone como autoridad de Aplicación a la Secretaría de Transporte de la Provincia, la que ejercerá además la función de contralor del cumplimiento, debiendo aplicar las sanciones ante el incumplimiento de las normas. Para esto podrá requerir del auxilio de otros organismos estatales que, bajo sus directivas, colaboren con su función de aplicación, contralor y sancionatoria. (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet.com | Lic. Claudia Yauck