La comisión está integrada por un representante de cada bloque y buscará redactar una norma definitiva para proteger a deudores hipotecarios y sus familias. La normativa actual tuvo varias prórrogas.
La comisión está integrada por un representante de cada bloque y buscará redactar una norma definitiva para proteger a deudores hipotecarios y sus familias. La normativa actual tuvo varias prórrogas. Paraná.(RN). El martes desde las 11 se reunirá la Comisión Especial conformada en Diputados, a isntancia de María Emma Barbagna (FAP-Paraná) que tendrá a su cargo la redacción proyecto de ley referido al artículo 584 bis CPC. Se busca proteger y conservar la vivienda única del deudor hipotecario y su familia. La comisión está integrada con un representante de cada uno de los bloques. La propuesta es originar un proyecto que sea superador de la ley 10.203, sancionada en marzo pasado, que prorrogó por otros 180 días hábiles la suspensión de las ejecuciones hipotecarias cuyo objeto fuera la vivienda única y familiar del deudor, siempre que el monto del avalúo fiscal no supere la suma de 250 mil pesos.
En la comisión especial se redactará un texto que garantice el derecho de la familia para que no quede desamparada. Según detalló en su momento Barbagna, la intención “no es impedir que el banco cobre”, sino brindar al deudor “un margen de tiempo para que pueda ser reubicado” en otra vivienda. “La idea no es sacarle sus derechos a los ‘poderosos’, sino dar tiempo a los ‘débiles’ para organizarse”, apuntó. La legisladora sostuvo que este “es un criterio que está aplicando la Corte Suprema de la Nación”. Y remarcó: “Vamos a tratar de adaptar la doctrina y los fallos de la Corte, para no dar margen a que los jueces la rechacen y permitir la protección del más débil”.
Sucesivas prórrogas
La última prórroga de la ley que suspende las ejecuciones hipotecarias es la Nº 10.203 promulgada en marzo de este año, y que prorroga a la Ley Nº 10.144 oficializada en julio del año pasado, por lo que se prolongó por medio año más la suspensión de ejecuciones hipotecarias que tengan como objeto la vivienda única y familiar del deudor, siempre que el monto del avalúo fiscal no supere los 250.000 pesos. Anteriormente, en agosto de 2011 se sancionó la ley Nº 10.046, que prorrogaba por 180 días hábiles los alcances de la Ley Nº 9966, que suspende las ejecuciones hipotecarias que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor, siempre que el monto del avalúo fiscal no supere los 150.000 pesos.
En tanto, la Ley 9966 hizo lo propio con la norma provincial Nº 9872, que contemplaba también 180 días de prórroga. Antes de esta ley fueron aprobadas además, con el mismo fin, la ley 9.382, del 4 de enero de 2002, que suspendió por 180 días los remates de todos los bienes, no solamente inmuebles, en la provincia de Entre Ríos. Luego, la ley 9.382 fue prorrogada por el decreto 2.476 de 2002 por otros 180 días. Después, la ley 9.481, del 15 de enero de 2003, ratificó el estado de emergencia y suspendió por otros 180 días los actos de subasta de inmuebles.
Hasta allí no se especificaba un monto, sino que se incluía a todas las subastas. Luego, el 15 de marzo de 2006, se sancionó la ley 9.684, que suspendió por otros 180 días las ejecuciones hipotecarias de viviendas únicas y familiares, siempre que el avalúo fiscal no fuera superior a 100 mil pesos, según el recuento que hizo Recintonet.
Posteriormente, se sancionó la ley 9.743, el 8 de noviembre de 2006, que volvió a suspender por otros 180 días los términos procesales de las ejecuciones de inmuebles, esta vez para las viviendas cuya valuación fiscal no superare la suma de 150.000 pesos. Y finalmente, la ley 9.769, del 23 de mayo de 2007, volvió a suspender por otros 180 días las ejecuciones de inmuebles cuyo monto fuese de hasta 150 mil pesos de valuación fiscal” a la que se sumó la 9872.