La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) comenzará hoy en Paraná y mañana miércoles en Concepción del Uruguay la atención personalizada con turnos previos vía web o telefónicos. Se atenderá de 8:30 a 12:30, exclusivamente para cuatro trámites habilitados.
En el marco de las disposiciones que flexibilizan las restricciones de la emergencia sanitaria, y con el objeto de brindar los servicios esenciales en materia fiscal, desde la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) se dio a conocer un esquema de atención presencial progresivo que se iniciará hoy martes en Paraná y continuará desde el miércoles en Concordia, Colón, Concepción del Uruguay y Gualeguaychú.
Así lo indicó el titular del organismo, Germán Grané, en la conferencia de prensa virtual realizada este lunes desde la Casa de Gobierno. El funcionario recordó además las medidas tributarias de alivio fiscal que dispuso el gobernador Gustavo Bordet y otros temas relacionados con actividades de ATER.
Atención con turnos
La nueva modalidad de atención personalizadas se realiza con otorgamiento de turnos y con cita previa, iniciando el esquema en la capital provincial este martes (Oficina de atención y Oficina de Sellos), y el miércoles en las oficinas de atención de Concordia, Concepción del Uruguay, Colón y Gualeguaychú, mientras que en el resto de localidades se irán habilitando progresivamente quedando disponible las vías electrónicas de autogestión o de asistencia telefónica.
“Esas cinco representaciones territoriales son las más grandes y nuclean más del 50 por ciento de los contribuyentes, por ende es una respuesta inmediata que ya vamos a dar”, dijo Grané y reiteró que la atención se realiza con cita previa, solo para los cuatro trámites específicos.
Aclaró que la gestión de turnos se debe realizar desde la página web de ATER (www.ater.gob.ar) pudiendo ser cancelados o reprogramados en cualquier momento. También se pueden comunicar sin cargo al 0810-888-2837 los contribuyentes que no puedan tramitarlo por esa vía. Los cuatro trámites habilitados mediante esta modalidad son altas y bajas de Ingresos Brutos (Directo, CM, Régimen Simplificado) y Ley 4035; solicitud y renovación de marcas y señales; renovación y autorización de protocolos (para los escribanos públicos); e intervención de los instrumentos generados por sellos web.