Organizaciones y cátedras universitarias ambientalistas reclamaron el “urgente tratamiento” del proyecto de Ley de Humedales y aseguraron que la falta de protección para estas áreas “impactan en la pérdida de calidad de vida para toda la población”. “Consideramos de vital importancia que el proyecto pueda ser sancionado dado que el vacío legal existente permite que estos ecosistemas vitales e irremplazables, para la población y la salud, se encuentren en vías de desaparición y degradación progresiva”, señalaron las entidades a través de un documento conjunto.
Entre los firmantes del reclamo figuran la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM), el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria (UBA), el Taller Libre de Proyecto Social (UBA) y la Organización Vecinal Salvemos el Río Gualeguaychú. El proyecto de Ley de Humedales es una iniciativa de presupuestos mínimos cuyo fin es establecer una regulación que proteja esos espacios a nivel nacional, facultando a cada provincia a legislar una protección mayor conforme sus necesidades.
La Cámara de Senadores había aprobado en 2014 un proyecto de ley que no fue tratado en Diputados, por lo que terminó perdiendo estado parlamentario en diciembre de 2015. Dos meses después -y en una de sus primeras acciones de gobierno-, el presidente Mauricio Macri ratificó en febrero el apoyo del gobierno nacional a una Ley de protección de los Humedales, aunque nunca envió un proyecto formal al Congreso, explicó a Télam el diputado oficialista y dirigente ambientalista Juan Carlos Villalonga, quien mencionó como causa de ello a la “falta de acuerdo” entre algunos ministerios.
Ante la ausencia de un proyecto del Ejecutivo, la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente del Senado aprobó en marzo pasado un pre dictamen a partir de la fusión de dos proyectos elaborados por las senadoras Teresa Luna (FpV, La Rioja) y María Magdalena Odarda (Frente Progresista, Río Negro), que hasta el momento no logró pasar al recinto para su debate y aprobación. El pre dictamen contempla la definición establecida por la Convención Ramsar en 1971, que quedó incorporada a la legislación argentina mediante la ley N°23.919.
La Convención entiende a los humedales como “extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”. La iniciativa “exige el uso racional y sustentable de los humedales a sabiendas de las necesidades de desarrollo económico imperante”. Al respecto, las organizaciones ambientalistas denunciaron que en la actualidad, diversas “aéreas del litoral argentino se encuentran devastadas por emprendimientos inmobiliarios mal emplazados o por actividades productivas intensivas e invasivas”.
Aseguraron que “igual estado de situación aplica para el área que comprende el cauce del Río Luján, valle del Río Gualeguaychú e islas del Delta entre otras tantas zonas, principalmente por el cambio en el uso del suelo, incremento de la actividad ganadera, producción de monocultivos, deforestación y construcción de diques”. “Es importante destacar que su protección no se refiere a meros intereses conservacionistas sino que responde a las importantísimas e irremplazables funciones ecosistémicas que los humedales proporcionan para la vida humana, convirtiéndolos en esenciales para la vida misma”, afirmaron. “Mitigar inundaciones y sequías, reservar agua dulce para consumo humano y animal, preservar la biodiversidad y etenuar el cambio climático, nunca deviene en pérdida y sólo involucra innumerables y valiosos beneficios ambientales, sociales y económicos”, dijeron.
(Fuente: El Argentino)