Este lunes la Cámara Civil II a cargo de Oscar Benedetto hizo lugar parcialmente a un amparo ambiental promovido por Agmer y el Foro Ecologista e impidió realizar fumigaciones sobre los establecimientos educativos en áreas suburbanas de la provincia.
El Poder Ejecutivo decidió apelar el fallo judicial que prohibió “la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de mil metros alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros” . La medida limitante se mantendrá “hasta tanto se determine, por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes”.
Además, al acoger favorablemente el amparo presentado por el Foro Ecologista y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer, la Justicia exhortó al Estado provincial a realizar “en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo, los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos, poniendo el acento precisamente en la prevención de los daños; y a realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación, como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse, su idoneidad y los espacios que deben mejorarse”.
La sentencia, firmada por el camarista civil Oscar Daniel Benedetto condenó al Estado entrerriano y al Consejo de Educación “a que en el plazo de 2 años contados desde la presente procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de ciento 50 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia, con las especificaciones detalladas en los considerandos”. Y dispuso suspender “de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.
La sentencia judicial fue apelada hoy. La decisión la tomó el secretario de la Producción, Álvaro Gabas, y fue materializada por el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, que recurrió el fallo ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), según se informo
Profesionales de la Agronomía: “El Estado es el principal responsable”, aseguraron
El presidente del Colegio de Profesionales de la Agronomía, Gabriel Guiano, opinó sobre el fallo del camarista Oscar Benedetto que prohíbe fumigar a mil metros de las escuelas rurales de la provincia. Además, abogó para que este fallo “sea un disparador que nos siente a todos en una gran mesa con mucha responsabilidad, para encontrarle una solución a esta problemática”.
Al respecto del fallo, Guiano indicó que desde el Colegio de Profesionales de la Agronomía coinciden en el espíritu del fallo, ya que consideran que “si se llegó a esta situación es porque hay una clara ausencia del Estado”. “Es un fallo que está enfocado en una situación particular y no se puede tomar como una legislación. No obstante, no debe perderse el eje sobre el rol que tiene el Estado en esta problemática, porque si bien tenemos normativas vigentes que regulan la actividad como la Ley de Plaguicidas y la Ley de Ambiente, es la autoridad de aplicación quien debe asegurar que se cumplan”, dijo.
También advirtió que desde Colegio de Profesionales ya venían alertando sobre la falta de cumplimiento del poder de policía del Estado provincial y la falta de presupuesto para este tipo de controles. En este sentido, Guiano indicó que el fallo emitido por el juez Benedetto está dirigido a quienes están en el marco de la ley, pero advirtió que en la provincia hay un alto grado de informalidad en el registro de los equipos, cercano al 50%, debido a que no hay controles.
“Si bien el Camarista no tiene datos concretos que le permitan discernir si las aplicaciones de agroquímicos están bien o mal, lo que él ve a es que no hay garantías que se controle las distancias, ni que se cumplan las leyes vigentes”, dijo y agregó que para su resolución se tomó toma en cuenta el Artículo 42 de la Constitución Nacional de Principio Precautorio.
Nueva ley de agroquímicos
“Bendetto dejó en claro en su fallo que el agroquímico no es un producto inocuo, y en eso coincidimos plenamente, pero requieren de todas las herramientas de fiscalización y control por parte del Estado para que el riesgo de su uso y aplicación sea minimizado. Este fallo tiene que ser un disparador que nos siente a todos en una gran mesa con mucha responsabilidad, para encontrarle una solución a esta problemática”, insistió Guiano.
“Entendemos que cuando hay un conflicto social como este, la única manera de resolverlo es a través de una gran participación y acción de todos los sectores y del Estado como el gran actor capaz de equilibrar las miradas. Consideramos que no hay una situación de denuncias constantes, pero al mismo tiempo somos conscientes que hay problemas puntuales que hay que resolverlos. Lo más importante es que el Estado provincial y los legisladores -quienes hace poco tiempo tuvieron la responsabilidad de generar una nueva ley de agroquímicos y no lo hicieron- se hagan cargo”, finalizó.