La doctora Marta Cristina Bonifacino, tras dio a conocer el fallo respecto a la apelación presentada por el doctor José Gustavo Velzi, para que se revoque la prisión preventiva de Rodolfo Germán González, joven de Colón que el 26 de marzo del corriente, atacó brutalmente al anciano de 85 años, presuntamente para robarle el dinero destinado a una transacción comercial por la compra de un auto.
El fallo
La lectura se realizó ante el imputado y su abogado, no encontrándose presenta la Fiscalía, por cuestiones de agenda y por similar situación, no hubo fiscal local que pudiera acudir. La doctora Marta Cristina Bonifacino, Destacó en un comienzo que se había escuchado a las partes en su alegatos, por lo que dio lectura a los argumentos del Tribunal, adelantando que no haría lugar al recurso de apelación. La jueza consideró que no se dan las condiciones para la aplicación de otras manifestaciones morigeradoras o menos gravosas que la prisión preventiva, como puede ser la prisión domiciliaria, máxime teniendo en cuenta que solo han transcurrido poco más de 10 días del inicio del proceso, durante el cual la Fiscalía ha producido numerosas evidencias, restando solo algunas que se harán en próximos días, por lo que se estaría en condiciones de arribar al juicio.
La jueza reconoció que le asiste la razón a la Defensa al señalar que la libertad durante el proceso es la regla y que la medida extrema es una medida cautelar o instrumento para lograr los fines del proceso, informó 03442. La magistrada indicó que no se está ante un adelanto de la pena, ni se han violado los artículos 14 y 18 de la Constitución Nacional, como lo señalara la Defensa y que la medida por 60 días estaría acorde a la gravedad del caso y la marcha del proceso para posibilitar el juicio.
La vocal dio detalles de elementos tenidos en cuenta para llegar al fallo, considerando que para el juez de Garantías en su fallo contempló que hay elementos suficientes para sostener la probabilidad de autoría punible del encartado, a lo que se suma lo declarado por la víctima, el secuestro del auto y el secuestro de la herramienta «letal» usada para el ataque, a lo que se agrega que el imputado reconoce parcialmente los hechos y se ubica en el lugar de los mismos, considerándose que estos son suficientes elementos probatorios superando el grado de la duda y que permiten el sostenimiento de la imputación, haciendo surgir la posibilidad de llevar a juicio a González.