Se inició el juicio al ex Jefe del Registro Civil por los enlaces realizados fuera de la sede del Registro Civil que se abonaban en una casa de electrodomésticos. Ayer a la mañana comenzó el juicio oral y público, por supuesto delito de «Exacciones ilegales», que tiene como imputado al doctor Hugo Tomás Cuesta, causa que se iniciara por denuncia en momentos que el profesional se desempeñaba como
Jefe del Registro Civil de Concepción del Uruguay. Como se recordará, las acusaciones le costaron el cargo al titular del organismo en nuestra ciudad, ya que parejas aseguraron que pagaban los casamientos con cuotas en una casa de electrodomésticos
Tras la apertura y lectura de los cargos, el doctor Cuesta aceptó hacer uso de la palabra, rechazando las imputaciones y brindando un pormenorizado relato de como se fueron sucediendo los hechos, destacando que no hubo irregularidades y que todo lo hecho fue con conocimiento de las autoridades. El imputado no negó haber realizado los casamientos, pero insistió que se procedió de la manera correcta, dentro de las tres variantes de matrimonios, como es la común que se hace de lunes a viernes en horario de 9 a 12, otra las de situaciones excepcionales, como las hechas en horarios inhábiles, pero dentro del Registro Civil, abonando un sellado extra para que se abriera el Registro y la tercera fue la que se dio desde el 2009 a partir del Registro Móvil Provincial, que era realizar el casamiento en el lugar del evento social, para generar un beneficio a los contrayentes y sus familias, por lo que se debía abonar además un gasto de traslado lógico del personal, «actividad que se realizó en toda la provincia», destacó.
«No había nada oculto»
Cuesta señaló que incluso esta novedad se publicó en los medios de prensa, dando detalles de este nuevo servicio que permitía el enlace civil en el mismo lugar de la fiesta. A los interesados se les informaba cómo se procedía y se comunicaba que ese servicio tenía un costo de 800 pesos, «eran 200 de sellados, 450 pesos iban al Entrerriano, u otro destino de acuerdo a la situación de emergencia y los 150 pesos eran de resarcimiento al funcionario para su traslado. Nosotros cumplíamos estrictamente órdenes de nuestros superiores jerárquicos y se hizo en todos los Registros», enfatizó, entre otras cosas.
Por otra parte desfilaron ante el juez, doctor Gustavo Pimentel, unos cinco testigos presentados por la Fiscalía, cuatro mujeres y un hombre, los que habían sido casados por el doctor Cuesta. Es importante destacar que en todos los casos manifestaron que reconocían que había sido un trámite por la modalidad de Registro Móvil y que tenía un costo mayor, el cual comprendían y aceptaron. También se dijo que tanto la modalidad como las tarifas estaban establecidas por la resolución 029 de la Dirección del Registro Civil de la Provincia. En todos los casos el defensor de Cuesta, el abogado Gustavo Soppelsa, repreguntó sobre la voluntariedad de los testigos en esa tramitación, a lo que respondieron afirmativamente. El debate pasó a cuatro intermedio para hoy a las 9, oportunidad que seguirán declarando testigos de la Fiscalía.
Exacciones ilegales
La palabra exacción significa exigir multas deudas o impuestos en nombre del Estado. El prefijo ex significa sacar, y lo que se extrae del patrimonio de los particulares en concepto de exacciones o sea para multas, dádivas o impuestos en la mayoría de los casos son legales, pero en las exacciones ilegales esa exigencia es indebida. La figura básica de la exacción está contenida en el artículo 266 del Código Penal argentino, que castiga al funcionario público que en uso abusivo de su cargo, solicite, exija o haga pagar o entregar en forma indebida ya sea en forma personal o por otra persona, una derecho, una contribución, una dádiva, o cobre más derechos que los que correspondan abonar. La pena es de uno a cuatro años de prisión más entre uno y cinco años de inhabilitación especial.
Tras la jornada, el abogado defensor Gustavo Soppelsa dijo entre otras cosas que «Estamos ante un supuesto delito de ínfima categoría dentro de la Administración Pública y sobre todo muy difíciles de «encorsetar», ya que hay mucha discusión al respecto. Por ejemplo si en una escuela, una directora le dice a su secretaria de palabra que además de la cuota solicite a los padres 10 pesos para comprar tinta, se estaría ante un caso hipotético de «Exacciones ilegales» pero no se estaría ante un caso de beneficio propio lo que si sucede en el caso de concusión. Acá no hay nada probado y sería loco pensar que una persona haría una operatoria ilegal con recibos firmados o cuentas a la vista de todos, donde la gente iba y aceptaba el servicio. No cabe el cohecho, no cabe en la malversación de fondos, ni en otra figura. Es curioso que se apunte al último eslabón como es el jefe del Registro Civil y no se investigue más arriba, desde donde salen las directivas. Esto puede llevar a encontrar los elementos para condenar o exonerar al imputado. Esto se transformó en un juicio dislocado, con testigos y tiempo consumido que no se corresponde con la ínfima supuesta gravedad de los hechos que se ventilan, pudiendo dedicar este tiempo a hechos más graves y creo que hay un mandato para perseguir una situación de insignificancia».