La Comisión de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción de la Cámara de Senadores trabaja en proyecto de ley del Poder Ejecutivo que “establece el Régimen de licencias por nacimiento de hijo o por adopción, para todos los empleados públicos de los tres Poderes del Estado Provincial, en sus diferentes jerarquías, independientemente de su antigüedad y situación de revista, quedando comprendidos los empleados de los organismos centralizados y descentralizados”.
El proyecto en discusión propone que la licencia por maternidad de toda trabajadora sea de 180 días corridos, con goce de haberes, previa acreditación del embarazo en la forma y en el plazo que reglamentariamente se establezca. Agrega que en caso de nacimientos pre término el plazo será idéntico y se acumulará al descanso posterior al parto todo el lapso de licencia no gozado antes de aquél, hasta completar los 180 días corridos. La licencia por maternidad se otorgará 30 días antes de la fecha estimada de parto.
La trabajadora podrá optar excepcionalmente por reducir el plazo de licencia pre parto a 15 días corridos. También contempla el caso del matrimonio igualitario, en el que ambos sean empleados públicos, el otro integrante de la pareja gozará de 15 días corridos posteriores al parto de su cónyuge, con goce de haberes. En caso de nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia por nacimiento de hijo será de 25 días corridos.
Licencia por duelo
Aquí también la idea es cambiar los alcances de la licencia por duelo, para lo que se impulsará un proyecto de ley específico porque considera exiguo el tiempo propuesta en la normativa actual, aunque se desconocen aún los tiempos que analizan los senadores.