Sancionaron la ley que prohíbe la exhibición del salero en locales de comidas, además entre sus principales puntos establece deberán exponer los riesgos del consumo y brindar otras alternativas que puedan sustituir la sal.
La Cámara de Senadores sancionó definitivamente la ley que apunta a limitar el consumo de sal al prohibir la exhibición del salero en locales de comidas. Además, establece que se deberán exponer los riesgos del consumo excesivo de sal para la salud así como garantizar alternativas al producto.
El proyecto
La iniciativa, autoría del exdiputado Antonio Alizegui, tenía medio aval de la Cámara Baja desde el 21 de mayo de 2013, y tres años después el Senado dio el aval definitivo, por lo que resta su promulgación por parte del Ejecutivo y su publicación en el Boletín Oficial. El texto fue uno de los pocos, sino el único, que Alizegui logró convertir en ley en su paso por la Legislatura.
Objetivos
La norma establece que en bares, restaurantes, locales bailables, de recreación, salas de espectáculos y cualquier otro lugar de acceso público donde la comercialización y el consumo de comidas y bebidas sea habitual, deberá exhibirse un cartel en un lugar visible con la siguiente leyenda “El consumo excesivo de sal es perjudicial para la salud”, y el número de la ley.
Además, los titulares de bares, restaurantes, locales bailables, de recreación, salas de espectáculos y cualquier otro lugar de acceso público donde la comercialización y el consumo de comidas y bebidas sean habituales, tendrán prohibida la exhibición de salero en mesa. Asimismo, deberán proveer a sus clientes la alternativa de sal con bajo contenido en sodio.
Multas
El Ministerio de Salud de la Provincia será el encargado de establecer los controles y las multas a los infractores, las que serán fijadas por la reglamentación.