Sin embargo, ahora un juez penal afirmó que no es una falta que un preso tenga un celular, ya que se debe probar que el mismo fue o será utilizado para cometer un delito. De lo contrario, se lo sanciona por algo que no hizo. Fue en el caso de un interno de la cárcel de Batán, provincia de Buenos Aires, que podría tener repercusión en otros del país.
Se trata del juez de Necochea y presidente de la Asociación Pensamiento Penal, Mario Juliano, quien levantó una sanción de aislamiento de diez días impuesta a un recluso el año pasado, luego de la requisa de su celda. “La posesión de un teléfono celular no se encuentra estrictamente tipificada en la normativa como configurativa de una falta sancionable”, sostuvo Juliano en el fallo. Además destacó que “pretender que la posesión de un teléfono celular sirva como elemento de `perturbación del orden y la disciplina´ o que facilite la comisión de delitos o quebrante la seguridad del establecimiento no son conclusiones que puedan ser presumidas sino que requieren de pruebas que lo demuestren”.
El abogado penalista de Paraná Miguel Alejandro Retamoso, explicó que “en materia provincial los presos tienen garantizada la comunicación con los teléfonos públicos de Telecom instalados en las Unidades Penitenciarias. Por otro lado, hay una reglamentación administrativa que prohibe a los presos tener celulares, con el fin de preservar a la sociedad de secuestros extorsivos, virtuales, amenazas, entre otros delitos”.
Los teléfonos ubicados en las cárceles funcionan con monedas o tarjetas y también se pueden hacer llamadas por cobrar, como los públicos, pero tienen instalado el sistema que alerta la destinatario que está recibiendo un llamado de un teléfono ubicado dentro de una unidad penal.
Respecto del peligro del uso de celulares por parte de los presos, Retamoso dijo: “La posibilidad de que quebrante el orden no puede ser dada por cierta, pero la pregunta es si como sociedad estamos preparados para que los presos tengan teléfono, por las situaciones de amenazas y violencia que se han dado”. Sin embargo, con el fallo de Juliano, la discusión está abierta.
Además el abogado explicó que cuando a un interno le encuentran un celular, lo envían a una celda aparte, “la sanción son días de arresto en aislamiento, lo sacan del pabellón y lo mandan a un calabozo, y eso repercute en los antecedentes del preso para cuando tiene que solicitar las salidas sociofamiliares o sociolaborales”.
El Servicio Penitenciario de Entre Ríos se rige por la ley nacional 24.660 de Ejecución de Pena Privativa de la Libertad. En la cárcel de Paraná, la mas poblada de la provincia, se realizan unas tres requisas mensuales en distintos pabellones, y según informó Alejandro Mioti, director de la Unidad Penal Nº 1, no es muy común pero suelen encontrarse celulares en las celdas.
Ante tal situación se implementan las sanciones disciplinarias según el artículo 85 de la mencionada norma, el cual estipula como falta grave, en el inciso c, “tener dinero u otros valores que lo reemplacen, poseer, ocultar, facilitar o traficar elementos electrónicos o medicamentos no autorizados, estupefacientes, alcohol, sustancias tóxicas o explosivos, armas o todo instrumento capaz de atentar contra la vida, la salud o la integridad propia o de terceros”. Los celulares ingresan en la categoría de elementos electrónicos.
“Respetar las garantías”
Para el juez Mario Juliano, quien revocó una sanción a un preso por tener un celular, “con la misma intención (evitar comunicaciones que pudieran poner en riesgo la seguridad del establecimiento o ser medios delictivos) deberían eliminarse las líneas telefónicas fijas que existen en cada pabellón y son de acceso libre para los detenidos, deberían prohibirse la correspondencia privada y las visitas generales e íntimas o imponerse el silencio obligatorio para evitar las conversaciones entre detenidos”. Y agregó que “deben extremarse las acciones tendientes a preservar y respetar las garantías constitucionales de los grupos vulnerables y los privados de libertad conforman uno de ellos”.
Los inhibidores de celulares no prosperaron en Entre Ríos
En el año 2011, cuando transcurría el boom de los secuestros virtuales, ingresó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para que se instalen en los establecimientos penitenciarios de todo el país inhibidores. La intención era aumentar el control para frenar las llamadas extorsivas, luego de que se descubra en la cárcel de Villa Devoto (Buenos Aires), una banda que practicaba este delito.
Sin embargo, en Entre Ríos dicho proyecto no tuvo consenso entre las autoridades penitenciarias. El entonces director del Servicio Penitenciario provincial, Horacio Pascual, manifestó que los inhibidores no alcanzarían su objetivo, ya que en las unidades penales hay teléfonos públicos que los presos pueden utilizar sin control alguno, desde los cuales se podrían efectuar las estafas, del mismo modo que con aparatos móviles.
“Nosotros siempre hemos manifestado de los inconvenientes sobre los celulares en las unidades penales, y no podemos desconocer la existencia de ellos en manos de los internos, lo cual está prohibido. Cada vez que hacemos requisas de las celdas y de las personas que ingresan, en reiteradas oportunidades secuestramos celulares, y le damos participación a la Justicia”, había manifestado Pascual a radio La Red. (Diario Uno)