El gobernador Bordet dispuso ampliar la declaración del estado de emergencia y/o desastre para los productores ganaderos, lecheros, agrícolas, forestales, citrícolas, apícolas y hortícolas de Entre Ríos, tras recorrer Santa Elena, una de las localidades más afectadas por las lluvias. El mandatario navegó la zona de barrancas, recorrió el hospital local y los barrios más perjudicados por el fenómeno climático atendiendo los pedidos de los vecinos. «Hay un cambio climático y ante eso las ciudades están requiriendo nuevas obras», afirmó en el lugar y explicó que «junto al vicegobernador Adán Bahl y los ministros vinimos a ver la situación en que se encuentra la ciudad de Santa Elena, trazar algunas líneas de acción y ver cómo cooperamos con Nación, el municipio y la provincia en las gestión de las obras que necesita la ciudad».
Obras necesarias
«La emergencia empieza y termina y uno va dando soluciones, pero una vez que termina hay que ir por las obras de infraestructura que eviten la erosión permanente. Hay que trabajar en un plan y hay que hacerlo desde ahora, el momento en el que mucha gente tiene la incertidumbre de qué es lo que sucederá en el futuro con su vivienda y los servicios básicos como un club, una escuela o el hospital. Tenemos que tenerlo previsto y por eso estamos aquí para acompañarlo al intendente en lo que se requiere», indicó.
El decreto
El gobierno provincial dispuso incorporar y ampliar la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por el decreto Nº 411/15 MP, incluyendo a los productores ganaderos, lecheros, agrícolas, forestales, citrícolas, apícolas y hortícolas de todos los departamentos de la provincia de Entre Ríos.
Se dispuso además que los productores afectados cuyas explotaciones se encuentren situadas en el territorio entrerriano, deberán presentar una declaración jurada con los datos requeridos a tal fin por el Ministerio de Producción, avalada por una entidad provincial representativa y/o vinculada al sector agropecuario y quedará sujeta a verificación individual por parte de las Direcciones Generales de Ganadería y/o de Agricultura.
Por otra parte, se dispuso que el Ministerio de Producción analice la situación de cada productor afectado que se encuentre comprendido en los alcances de la norma e informe al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) para que proceda a prorrogar el vencimiento del Impuesto Inmobiliario Rural y del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en sus modalidades de pago anual y/o anticipos, los que ingresarán a la nueva fecha de vencimiento que se establezca sin multas ni intereses. Además, se facultó al Ministerio de Producción a aprobar mediante el dictado de la norma de su competencia, los formularios que en carácter de declaración jurada deberán presentar los productores para su inclusión en los alcances de la emergencia y/o desastre agropecuario que se establece en el presente decreto y a adoptar los medios necesarios para su instrumentación.