Multas para los comercios que no exhiban la Data Municipal

p4-19-3-16-2La Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, informó en un comunicado oficial, que está en vigencia la Ordenanza Nº 9.493 que dispone la obligatoriedad de exhibición de la Data Municipal en todos los establecimientos que desarrollan actividades económicas.

 

Esta identificación de comercios, empresas de servicios e industriales permite ejercer controles bromatológicos, de higiene y seguridad.  Es por ello que la Secretaría de Hacienda pidió difusión para que los comercios tengan la información en un lugar visible desde el exterior. Su observación no debe quedar impedida por otros formularios, carteles o avisos.

 

Según establece la Ordenanza, los propietarios de comercios que no cumplan con este requerimiento, serán multados. Por trámites de obtención de la Data Municipal, los comerciantes deben concurrir a las oficinas de Comercio, localizadas en la planta baja del Centro Cívico, de 7.15 a 12.30 hs o a través del sitio web de la Municipalidad: www.cdeluruguay.gov.ar