El EPRE publicó la resolución que suspende “transitoria y excepcionalmente” el aumento de la energía eléctrica que debía regir desde febrero en la provincia.
El Ente Provincial Regulador de la Energía, le dio forma legal al anuncio efectuado este lunes por el gobernador Gustavo Bordet. El mismo establecía, que quedaba suspendido el aumento en la tarifa de electricidad en Entre Ríos, que estaba previsto para abonar con las facturas en febrero.
En se sentido, Bordet explicó que desde la gestión a su cargo se decidió: “suspender el aumento provincial para no generar una carga más gravitante en el bolsillo de los usuarios de la energía eléctrica en Entre Ríos, es decir, que en el componente de la factura eléctrica que recibe cada vecino para pagar en febrero no habrá ningún aumento de Provincia”.
La resolución del Ente Regulador, dada a conocer este martes, justifica la suspensión “transitoria” del aumento del VAD (Valor Agregado de Distribución) en los informes del Servicio Meteorológico, referidos a las altas temperaturas y a las olas de calor.
El texto de la resolución, comunica que el organismo ha resuelto “suspender transitoria y excepcionalmente el traslado a los usuarios finales del servicio público económico eléctrico provincial, la implementación del cuadro tarifario previsto por el art. 1° de la Resolución EPRE N° 219/22 en lo que respecta solo al VAD, manteniéndose respecto del período comprendido entre el 1° de febrero de 2023 y el 30 de abril de 2023, el VAD establecido en la Resolución EPRE N° 190/22. En consecuencia, aprobar el nuevo cuadro tarifario que como Anexo I forma parte de la presente”, dice el artículo 1.
El artículo 2 de la resolución oficial del EPRE deja en claro, que podría igualmente haber aumento en la tarifa, en virtud de los cambios en el precio mayorista de la energía. En efecto, dice el EPRE: “Disponer que la vigencia del Cuadro Tarifario aprobado por la presente resolución, queda condicionado a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este ENTE para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.