A.E.R. acordó una pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo en el marco de una causa por violencia de género. Fue tras la homologación del juicio abreviado al que arribaron las partes y que lleva la firma del juez Gustavo Ariel Díaz de Concepción del Uruguay.
Al sujeto, de 27 años, se lo acusó por los delitos de “Lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género” -dos hechos- en Concurso Real y “Amenazas simples” -dos hechos, todo en concurso real. La defensora oficial fue Alejandrina Herrero y la causa estuvo en manos de la fiscal auxiliar Nº 2, Juan Pablo Gile.
El 29 de febrero de 2020, A.E.R. le pidió a su pareja -de apellido Escobar- que le diera la tarjeta de cobro, pero ante la negativa de ésta sabiendo que aquél derrocharía el dinero de sus hijos, éste la tomó del cuello haciéndola caer al piso, exhibiéndole a continuación una arma de fuego para luego golpearla con la culata de la misma en la cabeza.
Esa misma noche, el sujeto, mientras se encontraba en el domicilio que compartía con su pareja en Barrio Ex Circuito Mena, le dijo que en caso de no hallar la tarjeta de cobro exigida en la casa de la madre de él, iba a regresar para prender fuego la vivienda.
Por último y como tercer hecho, el día 16 de agosto del corriente, A.E.R. se hizo presente en el domicilio -ya que al parecer habían retomado la relación sentimental-, y visiblemente intoxicado con alcohol y otras sustancias, provocó que la mujer se retire del domicilio.
Según se informo la mujer regresó al otro día ya que necesitaba ropa para sus hijos, por lo que fue acompañada por su madre. Fue en ese momento que se generó una discusión entre AER y Escobar, y éste le pidió celular que le había regalado a uno de sus hijos para venderlo. Al negarse, la amenazó con darle un golpe de puño, ante lo cual, la mujer le dijo: “Si me tocas, te denuncio”, pero el sujeto la amenazó advirtiéndole que “antes de ir preso, prefiero matarte”, para tomarla del cuello y le propina un golpe de puño en la cara.
Juicio abreviado
Tras el avance de la IPP, las partes llegaron a un acuerdo de juicio abreviado, aceptado por el imputado y con la conformidad de la denunciante, por lo que tras presentar el acuerdo ante el magistrado se solicitó la pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Oídas las partes, el juez interviniente resolvió hacer lugar al pedido formulado y condenó a A.E.R., por el tiempo solicitado, poniéndose al condenado a disposición del respectivo Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 3 de la Ciudad de Concordia. Fuente 03442