El beneficio fue consagrado en la ley 9.090, y el artículo en cuestión aún no es operativo, por lo que advirten de la inaplicabilidad. La norma fue sancionada en 1997.
El beneficio fue consagrado en la ley 9.090, y el artículo en cuestión aún no es operativo, por lo que advirten de la inaplicabilidad. La norma fue sancionada en 1997.
Paraná.(RN). A través de un proyecto de resolución, piden al Ejecutivo entrerriano que promueva la reglamentación del artículo 9 de la Ley 9.090, sancionada en 1997, mediante la cual se consagró la carrera de agente sanitario. En la fundamentación de la iniciativa, a la que accedió Recintonet, se recuerda que el artículo en cuestión establece que “el personal de la carrera agente sanitario se podrá acoger a los beneficios jubilatorios comprendido dentro de la ley de jubilaciones y pensiones de la provincia en algunos de sus regímenes especiales”. Este carácter de régimen especial es “en virtud del impacto en la integridad física y psíquica que se constituye en causal de envejecimiento prematuro y por lo tanto susceptible de ser bonificados dichos servicios y sujetos de una reducción en la edad jubilatoria y los años exigibles como aportes”, explica el autor del texto.
Según indica el proyecto, la reglamentación es necesaria “atento a que solo refiere a un reconocimiento genérico del derecho sin especificar en qué articulado de la ley de jubilaciones debe considerarse a estos servicios. Ello ha generado la inaplicabilidad del citado artículo ya que ante la ausencia de reglamentación los agentes sanitarios han sido calificados como servicios comunes y por lo tanto, no se les ha reconocido esta calificación consagrada en la ley”.
La iniciativa fue impulsada por Pedro Ullua (UCR-Sauce de Luna) y acompañada por sus pares de bancada Fuad Sosa (Nogoyá) y Agustín Federik (Paraná), y recuerda que las tareas que realizan los agentes sanitarios son “censo de población y vivienda, promoción de la potabilización del agua, control de vacunación, captación precoz de embarazos, promoción del parto hospitalario, promoción de la lactancia materna, control del crecimiento y desarrollo del niño, educación de pautas alimentarias, detección y captación de casos sospechosos de TBC, control y seguimiento de patologías epidémicas, entre otras”. (RecintoNet)