Reclaman al Ejecutivo que reglamente el derecho jubilatorio de agentes sanitarios

Reclaman al Ejecutivo que reglamente el derecho jubilatorio de agentes sanitarios
El beneficio fue consagrado en la ley 9.090, y el artículo en cuestión aún no es operativo, por lo que advirten de la inaplicabilidad. La norma fue sancionada en 1997.

Reclaman al Ejecutivo que reglamente el derecho jubilatorio de agentes sanitarios
El beneficio fue consagrado en la ley 9.090, y el artículo en cuestión aún no es operativo, por lo que advirten de la inaplicabilidad. La norma fue sancionada en 1997.

Paraná.(RN). A través de un proyecto de resolución, piden al Ejecutivo entrerriano que promueva la reglamentación del artículo 9 de la Ley 9.090, sancionada en 1997, mediante la cual se consagró la carrera de agente sanitario. En la fundamentación de la iniciativa, a la que accedió Recintonet, se recuerda que el artículo en cuestión establece que “el personal de la carrera agente sanitario se podrá acoger a los beneficios jubilatorios comprendido dentro de la ley de jubilaciones y pensiones de la provincia en algunos de sus regímenes especiales”. Este carácter de régimen especial es “en virtud del impacto en la integridad física y psíquica que se constituye en causal de envejecimiento prematuro y por lo tanto susceptible de ser bonificados dichos servicios y sujetos de una reducción en la edad jubilatoria y los años exigibles como aportes”, explica el autor del texto.

 

Según indica el proyecto, la reglamentación es necesaria “atento a que solo refiere a un reconocimiento genérico del derecho sin especificar en qué articulado de la ley de jubilaciones debe considerarse a estos servicios. Ello ha generado la inaplicabilidad del citado artículo ya que ante la ausencia de reglamentación los agentes sanitarios han sido calificados como servicios comunes y por lo tanto, no se les ha reconocido esta calificación consagrada en la ley”.

La iniciativa fue impulsada por Pedro Ullua (UCR-Sauce de Luna) y acompañada por sus pares de bancada Fuad Sosa (Nogoyá) y Agustín Federik (Paraná), y recuerda que las tareas que realizan los agentes sanitarios son “censo de población y vivienda, promoción de la potabilización del agua, control de vacunación, captación precoz de embarazos, promoción del parto hospitalario, promoción de la lactancia materna, control del crecimiento y desarrollo del niño, educación de pautas alimentarias, detección y captación de casos sospechosos de TBC, control y seguimiento de patologías epidémicas, entre otras”. (RecintoNet)

Fuente: RecintoNet