La Cámara de Senadores provincial ratificó este miércoles la ley provincial 9944, que declara de interés público y sujeto a expropiación los terrenos del borde costero en Concepción del Uruguay. La norma estaba a punto de caer. El presidente de la
comisión de Asuntos Constitucionales, Aldo Ballestena expresó que en la sesión de ayer, se ratificó la ley provincial 9944, que declara de interés público y sujeto a expropiación los terrenos de la isla Puerto de Concepción del Uruguay, ya que al no realizarse el trámite administrativo, estaría a punto de caer.
Los legisladores aprobaron sobre tablas el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que se ratifica la vigencia de la declaración de utilidad pública dispuesta por la norma 9944, para los inmuebles en la isla Puerto de Concepción del Uruguay afectados por la obra «camino costero isleño». La iniciativa pasó entonces a la Cámara de Diputados provincial para su revisión (Expediente 10715). La ley provincial 9944, que declara sujetos a expropiación los terrenos de la isla del Puerto fue sancionada el 22 de diciembre de 2009.
El proyecto original lleva el número de expediente 17.062 y en sus fundamentos mantiene la incertidumbre sobre el origen y las razones de la iniciativa: se limita a decir que ante la erosión del río causada por la represa de Salto Grande, «se han buscado y creado nuevas alternativas: una pequeña playa en la isla del Puerto y los arenales de la Isla Cambacuá, ambos sobre el río Uruguay. Un catamarán, con salidas desde el puerto y un vastísimo parque náutico, son los medios utilizados por la población para trasladarse a lugares de gran belleza natural».
La norma tiene sólo dos artículos, el primero de los cuales declara `de utilidad pública’ y sujetos a expropiación todos los inmuebles de la isla del Puerto que no pertenecen a la provincia o al municipio de Concepción del Uruguay, para ser afectados a la obra «Camino costero isleño en Isla del Puerto en la ciudad de Concepción del Uruguay». El restante delega en la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) las adecuaciones presupuestarias para la expropiación.