Impusieron un año y medio de prisión condicional para un policía por las vejaciones a cuatro cazadores (dos eran menores) que confundió con cuatreros en un campo de Santa Elena. Los golpearon y amenazaron de muerte.
“Metimos la pata”, dijo el policía que le pegó a chicos en un campo cuando supo que eran menores. Así de naturalizada estaba la violencia ejercida por policías de Abigeato de Santa Elena que intervenían en casos de cuatrerismo. Hace seis años, el policía Guillermo Furtado interceptó, golpeó, amenazó de muerte y humilló a cuatro jóvenes (dos de ellos mellizos de 16 años) que cazaban en un campo con autorización del dueño, para alimentarse.
Tras el juicio, fue condenado a un año y medio de prisión condicional y tres años de inhabilitación para vestir el uniforme de la fuerza. Su compañero que también estaba imputado, falleció en 2018 asesinado de un disparo por un cazador furtivo en una persecución en otro campo.
En el debate el fiscal Oscar Sobko había solicitado dos años de prisión condicional por el delito de Vejaciones, y el defensor Roberto Alsina la absolución o una pena menor.
El hecho sucedió en horas de la madrugada del 11 de agosto de 2015, cuando cuatro jóvenes estaban cazando en campos ubicados en el paraje El Colorado de Santa Elena (Departamento La Paz), y fueron abordados por los uniformados.
En la sentencia, el juez Elvio Garzón consideró “categórico” el testimonio de una de las víctimas, quien en la audiencia dijo que “se acuerda de todo”. Relató que ese día habían planeado ir a cazar, había llovido, había barro y decidieron ir a cazar porque son personas de muy bajos recursos, no tienen trabajo, hacen ladrillos y cuando llueve no pueden trabajar.
Decidieron ir al campo del señor Princich, que siempre les daba permiso. Planearon ir a caballo porque era bastante lejos y se iban a cansar. Habían llevado dos perros a cazar y el arma de su hermano. Anduvieron otro rato y se venía la madrugada, hacía mucho frío y decidieron volverse porque, como eran chicos, ya estaban cansados.
Cuando iban por la calle y ya habían salido del campo, les dio la voz de alto la Policía y le dicen a uno de ellos: “Bájate del caballo porque si no te vuelo la cabeza de un tiro”. El chico estaba muy asustado porque son personas pacíficas, nunca tuvo un problema ni con la Policía ni con nadie, no podía hablar, no podía explicarles, estaba muy mal y los empezaron a amenazar. El joven contó que su hermano les preguntó a los policías por qué les hacían eso si ellos tenían permiso en el campo y les dijeron: “No, acá no hay ningún permiso, si yo quiero los mato a ustedes porque acá en el campo no hay de testigo nadie, los testigos somos nosotros”.
Indicó que Furtado los quería llevar a la Ruta “T”, a la 12 y López le dijo “No, vamos a llevarlos a la 48 que les queda más cerca a ellos porque no van a llegar, es muy lejos”. Empezaron a caminar, el chico estaba muy cansado y le pedía ir en el caballo, pero no alcanzaba ni a marchar diez pasos el caballo que ya le decía “Bájate, ya descansaste”. Después le dijo dos veces a Furtado que quería orinar y le contestó que no, que se aguantara hasta que llegara y ahí les empezó a dar patadas porque ellos no querían caminar.
El testigo recordó que en ese momento pensaba lo peor, que cuando estuvieran los otros oficiales los iban a volver a golpear, que los iban a matar, que no sabía si iban a terminar muertos todos porque nunca había pasado una cosa así. Cuando llegaron, recordó que estaba Duarte, el jefe de la brigada, que les tomó los datos y les preguntó dos veces “¿Cómo están muchachos?”. Cuando le dijo la edad que él tenía, que era menor, Furtado se acercó, le levantó la ropa para ver las marcas de los golpes en el pecho y de las patadas en las piernas y le dijo a López: “Metimos la pata”. Les tomaron los datos y les dijeron que se vayan.
A la mañana fueron con sus padres a hacer la denuncia a la ciudad de La Paz, en la Fiscalía, donde los revisó un médico que constató las lesiones. “¿Quién te pegó a vos? ¿Fue un animal?”, recuerda el joven que le dijo el doctor. El testigo también recordó los días posteriores que no podía dormir por las pesadillas y el terror que le provocó el episodio de violencia policial. El trauma quedó acreditado en informes de especialistas que lo atendieron.
También se mencionó en el debate que dos policías de Abigeato fueron hasta la casa de los hermanos y les dijeron a sus padres que levanten la denuncia, que den vuelta la hoja, que les convenía no seguir más con este caso. La mamá les contestó que no, porque “ellos fueron víctimas, que no son gente de andar robando ni nada”. “Ellos iban a agarrar un bichito para sobrevivir nomás”, aseguró la mujer.
Otro de los jóvenes contó que al otro día de radicar la denuncia, encontró a Furtado en la parada de colectivos de la Terminal de La Paz, quien le dijo “Eso les pasa a los malos y ahora cuando yo entre a la guardia vamos a ver lo que le pasa a los malos”.
El juez consideró que estaba probado tanto lo sucedido, como las lesiones sufridas por las víctimas y el delito que imputó el fiscal: “La acción típica de vejar consiste en un tratamiento humillante para la dignidad del ser humano y que afecta su decoro como persona. Los procedimientos pueden consistir en malos tratos de contenido físico o psíquico”, definió. Y agregó: “Esto es lo que ha ocurrido en el presente caso (…) El incurso es funcionario policial y que en la ocasión estaba desempeñando un acto de servicio”.
Al analizar qué pena imponerle a Furtado, consideró como atenuante (entre otros) “el excesivo transcurso del tiempo: hace seis años que ocurrieron estos hechos y, por ende, se inció la Investigación Penal Preparatoria, y recién ahora se esta juzgando, lo cual no tiene razón de ser, es verdaderamente una vergüenza, debiendo destacar que el trámite de la misma estuvo totalmente paralizado durante más de dos años conforme surge del legajo de evidencia de la Fiscalía que tengo a la vista, situación que conspira contra la garantía constitucional del juzgamiento del imputado en un plazo razonable”.
En tanto, como agravantes valoró “la edad de las víctimas: eran menores de edad al momento del hecho, lo que los torna más vulnerables” y la “extensión del daño causado: ha quedado acreditado el daño psicólogico producido, que ha perdurado en el tiempo”. Por esto, impuso la pena de un año y seis meses de prisión condicional, y el doble de tiempo de inhabilitación especial para el policía.