Con el inicio de abril se completa el aumento acordado a fines del año pasado, en los salarios del personal doméstico acordó un incremento salarial de 28%, que se pagará en tres cuotas de forma no acumulativa. Cómo queda la escala.
Con el inicio de abril se completa el aumento acordado a fines del año pasado en los salarios de las empleadas domésticas, que contemplan también subas en distintos componentes del pago mensual.
El Gobierno formalizó el aumento salarial del 28% en tres cuotas para el personal doméstico, a partir del 1 de diciembre último, a través de la resolución 3/2020 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares publicada en el Boletín Oficial.
La misma fijó un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley 26.844. Además, determinó una suba del porcentual por «zona desfavorable» fijando su importe total en un 28% sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las categorías estipuladas, a partir del 1 de enero de 2021.
El incremento fue de 10% en diciembre, un 8% en febrero y ahora se sumó un 10% en abril. A esto se debe añadir un 3% de suba adicional para las zonas desfavorables desde enero.
De esta manera, el personal doméstico con retiro percibirá $185 por hora y $22.765,50 por mes; y sin retiro, $199,50 y $25.315, respectivamente.
La UAPC detalló:
En diciembre 2020, con y para las remuneraciones de diciembre, un 10% de aumento.
El aguinaldo de fin de este año, se calculará en base al sueldo de diciembre; o sea, con aumento.
En febrero 2021, con y para las remuneraciones de febrero, un 8 % de aumento.
Y en abril 2021, con y para las remuneraciones de abril, un 10 % de aumento.
Zona desfavorable: a partir de enero 2021, un 3% de incremento; pasando entonces del 25% al 28%, desde las remuneraciones de enero/21, para las/los trabajadoras/es que trabajan en la Zona Sur de nuestro País. Adjuntamos tablas provisorias de valores.
Categorías y sueldos básicos mínimos actuales
Supervisor/a: quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.
Hora con retiro: $223,50
Hora sin retiro: $244,50
Mensual con retiro: $27.928
Mensual sin retiro: $31.108,50
Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
Hora con retiro: $ 211,50
Hora sin retiro: $ 232,00
Mensual con retiro: $ 25.946,50
Mensual sin retiro: $ 28.883,00
Empleada doméstica / caseros: personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que además vive en la misma, por contrato.
Hora: $ 183,50
Mensual: $ 23.337,00
Asistencia y cuidado de personas: aquellos empleados que realizan la asistencia y cuidado de otros, siendo que no realizan un tratamiento terapéutico sino que solo se cuida.
Hora con retiro: $ 183,50
Hora sin retiro: $ 206,00
Mensual con retiro: $ 23.337,00
Mensual sin retiro: $ 26.007,00
Personal para tareas generales: quienes realizan tareas del hogar, que son variadas como de limpieza, en la cocina, lavado y planchado.
Hora con retiro: $ 171,00
Hora sin retiro: $ 183,50
Mensual con retiro: $ 20.987,00
Mensual sin retiro: $ 23.337,00
Sobre la escala salarial del personal de casas particulares se establece un monto para cada categoría y modalidad de prestación. Sin embargo, en cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones: un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo (48hs semanales) y un valor por hora trabajada.
Además, los salarios del personal doméstico no se ajustan por el salario mínimo, vital y móvil porque está excluido de ese régimen. Se rigen por lo que resuelva la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Los últimos datos del INDEC marcan que el personal doméstico informal o no registrado fue el más afectado por la pandemia y cuarentena.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. Fuente: (Ámbito)