El único acusado es su expareja, Jorge Julián Christe, por el delito de homicidio triplemente agravado, por el vínculo, alevosía y violencia de género. La Fiscalía ya adelantó que pedirá la prisión perpetua.
Este viernes se decidirá si la causa por el femicidio de Julieta Riera, hecho ocurrido el 30 de abril de 2020, va a juicio. El único acusado es su expareja, Jorge Julián Christe, por el delito de homicidio triplemente agravado, por el vínculo, alevosía y violencia de género. La Fiscalía ya adelantó que pedirá la prisión perpetua.
La acusación del fiscal Ignacio Aramberry dice que el jueves 30 de abril, entre las 2,30 y las 2,50, Jorge Julián Christe, 31 años, de ocupación piloto de avión, sin trabajo estable, hijo de Jorge Luis Christe, jubilado, y de la exjueza Ana María Stagnaro, asesinó a María Julieta Riera, 24 años, con quien convivía en un departamento del octavo piso del edificio de Peatonal San Martín 918. Christe y Riera, según la evaluación fiscal, convivían en una relación caracterizada por «la violencia de género, habiéndola sometido a maltrato físico, agresiones sexuales, daños a la propiedad y agresiones psicológicas».
El planteo forma parte de la carga acusatoria en el proceso que todavía continúa tendiente a esclarecer las circunstancias en las que encontró la muerte violenta María Julieta Riera el 30 de abril último. Aramberry le imputó a Christe el delito de «Homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y violencia de género». En la acusación, el fiscal destacó un hecho particular: el hombre, luego de dar muerte a Julieta Riera se dirigió, dizque en moto, hasta la Jefatura Central de Policía, en el Centro Cívico, para denunciar la muerte de su pareja en un «accidente».
No obstante, Christe, luego de haber formulado esa denuncia sobre la muerte de Julieta, fue revisado por médicos que determinaron que en su cuerpo tenía signos de haber mantenido una lucha física. Basándose en los informes forenses, la Fiscalía aseveró que para producir la muerte de Riera, Christe agredió físicamente a su pareja «y le comprimió manualmente el cuello hasta dejarla en estado de inconsciencia. Aprovechando ese estado, y sin ningún riesgo para sí, la arrojó con vida desde el balcón del departamento 5°, del octavo pis, del edificio de calle San Martín Nº 918 de esta ciudad, desde 19,38 metros de altura, produciéndose la muerte producto de las graves lesiones sufridas al impactar su cuerpo sobre el techo de una habitación ubicada en la planta baja de la edificación lindante».
Christe fue trasladado a la Unidad Penal N° 1 con prisión preventiva al día siguiente de ocurrido el femicidio, aunque el 2 de septiembre la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones María Carolina Castagno accedió al pedido de los defensores Franco Azziani Cánepa y Ladislao Uzín Olleros, y le otorgó arresto domiciliario en la casa de su madre, la exjueza Ana María Stagnaro. Antes de la última Navidad, el 23 de diciembre, el juez de Garantías Mauricio Mayer dispuso abrir la feria y establecer el 8 de enero como fecha probable de realización de la audiencia de elevación de la causa a juicio. Consultado por el portal Entre Ríos Ahora, el fiscal Aramberry confirmó que este viernes se cumplirá ese trámite. Mayer había resuelto en diciembre prorrogar la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario de Christe por un plazo de 30 días o hasta la realización de la audiencia de elevación a juicio, lo que ocurra primero. Finalmente, ocurrirá primero la audiencia. El magistrado decidió, a petición de la Fiscalía, habilitar la feria para la realización de esa audiencia de remisión a juicio, y fijó como fecha probable de realización el próximo 8 de enero. En realidad, las fechas de las audiencias en la Justicia es potestad de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA).
Mayer entendió que los riesgos procesales de peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación fiscal por parte de Christe siguen presentes, y por eso desechó el pedido de los defensores Franco Azziani Cánepa y Laidlsoa Uzín Olleros de otorgarle la libertad. «Entiendo que por un criterio de prudencia, el arresto domiciliario debe prorrogarse porque entiendo que como herramienta resultó una herramienta idónea para neutralizar estos dos riesgos jurídicos», aseveró el magistrado.